BUENOS AIRES.- La Justicia de Bahía Blanca condenó al municipio local y a un centro médico a pagar una indemnización de 300 mil pesos (alrededor de 53 millones de pesos chilenos) a un hombre al que en 1992 se le informó que era portador de HIV y tres años después le dijeron que el diagnóstico había sido equivocado.
El fallo benefició a B.L.A, casado, padre de dos hijos, y fue dictado por la sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca en un expediente por daños y perjuicios, según el fallo.
El caso comenzó en 1992, cuando B. fue a realizarse exámenes médicos pre-ocupacionales al Centro de Salud Municipal Leónidas Lucero y se le efectuaron estudios mediante la técnica "Elisa" para verificar si era portador de sida.
Como el resultado fue positivo, el centro dijo que se le practicaron nuevas extracciones y análisis, esta vez según el sistema Western-Blot, y que se enviaron al Centro Nacional de Referencia, Departamento de Microbiología, dependiente de la facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires.
Según el hospital, el análisis volvió a dar resultado positivo y se notificó a B. el 18 de agosto de 1992 que estaba infectado de Sida, por lo que siguió en tratamiento hasta 1995.
Sin embargo, el 7 de julio de ese año "se comprobó que la infección de Sida no existió nunca" y se lo comunicaron al paciente; también se supo que la muestra nunca fue recibida por la UBA.
Durante el juicio, el centro de salud y la Municipalidad de Bahía Blanca afirmaron que "en todo momento se actuó siguiendo los pasos correspondientes dada la naturaleza del caso" y acusaron al paciente de "dificultar con sus ausencias el tratamiento y practica de análisis".
Sin embargo, no pudieron explicar "qué fue lo que ocasionó el erradodiagnóstico, ni donde se produjeron las circunstancias, determinantes del yerro", destacaron en su fallo los camaristas Horacio Viglizzo, Abelardo Pilotti y Leopoldo Peralta Mariscal.
En ese sentido, los jueces afirmaron que se trata de una "responsabilidad refleja, indirecta, que enraíza en la acción desplegada por los médicos, los químicos, los bioquímicos y todos los paramédicos que hayan tenido participación en el proceso que principió con la extracción de sangre".
Explicaron que "el resultado positivo pudo deberse a que existió contaminación de la muestra, confusión de sueros, o error metodológico", pero "no importa cuál", y que no se realizaron "las oportunas contrapruebas que la gravedad del caso".
Un médico infectólogo que intervino en el expediente sostuvo, con cita de doctrina especializada, que "las consecuencias de informar a un paciente un resultado positivo, tras análisis de esta índole, son tan graves que nunca hay que hacerlo sin realizar una confirmación previa y se hace pertinente la repetición del test, cuando se esta en presencia de pacientes asintomáticos, tal como lo era B. en 1992".
Grave daño moral
Los jueces fueron muy duros al analizar la conducta de los médicos del hospital.
"No cabe duda de que se ha proferido al señor B. grave daño moral. Profundo y lacerante, tan hondo que evidente resulta que ha tenido que dejar huellas perennes. Sacarse de encima la condena y estigma del SIDA del que se creyó afectado, no es sacarse la camisa sucia y reemplazarla por una limpia, no es borrón y cuenta nueva, queda un lastre que no se diluye fácilmente", remarcaron.
Consideraron que atravesó "dos grandes períodos, cada uno con sus distintos momentos: Los tres años que se vivieron con el análisis SIDA positivo a cuesta, y lo que vino luego".
"Sin duda que el máximo agravio se dio en la primera época, donde imagino se habrán sucedido estados diversos, aunque gobernados todos por disvaliosos sentimientos: Primero perplejidad y desconcierto, luego desesperación y angustia, más tarde abatimiento, tristeza, desesperanza", afirmaron.
Agregaron que tuvo "siempre dolor y no sólo el propio pesar sino también el de ver sufrir por tu mal a quienes te quieren. Finalmente la espera de la degradación y la muerte. Tres años espantosos".
Los magistrados aseguraron que le creen al paciente cuando dice que se sintió "pusilánime, acobardado, falto de empuje, de decisión sin la fuerza y entereza con que contaba antes del fatídico análisis".
Por eso, subieron la indemnización fijada en primera instancia, fijada en 40 mil pesos, y le concedieron 100 mil pesos más intereses por 14 años para poder acceder a una casa "sencilla, pero propia", para poder estar "como en el edén, que se contrapone al infierno vivido", informa Crónica.