BUENOS AIRES.- El máximo tribunal penal de Argentina avaló hoy una pericia que calificó de "intencional"la voladura de una fábrica militar en 1995, que dejó siete muertos y centenares de casas destruidas en la ciudad de Río Tercero.
Con su resolución, la Cámara Nacional de Casación Penal rechazó un recurso que pedía la nulidad de esta pericia, presentado por la defensa de los seis militares imputados en el caso, informaron fuentes judiciales.
Indicaron además que el fiscal Carlos Stornelli apeló el sobreseimiento de estos seis militares dictado hace una semana por el conjuez de Río Tercero Diego Estévez, tras considerar que faltaban pruebas para calificar la explosión de “intencional.”
Stornelli pidió que se revoque ese fallo y reiteró que existen evidencias contra los acusados para demostrar que provocaron la voladura con la intención de encubrir una falta de armamento, a raíz del tráfico de armas argentinas a Croacia y Ecuador durante el gobierno de Carlos Menem (1989-1999).
La Fábrica Militar de Río Tercero estalló el 3 de noviembre de 1995 y, además de siete muertos y centenares de heridos, causó millonarios daños materiales en esa ciudad de la provincia central de Córdoba, a unos 700 kilómetros al noroeste de Buenos Aires.
En su resolución de hoy, los tres jueces de la Cámara Nacional de Casación Penal entendieron que una pericia clave que concluyó que la voladura de la Fábrica Militar fue provocada y no accidental puede ser usada para impulsar la investigación y debatida en juicio oral.
Los jueces antepusieron el “derecho a la verdad” de las víctimas y sus familiares por sobre cualquier otro argumento procesal, según el fallo.
La decisión avaló la investigación que se realizaba por “estrago doloso agravado por tráfico de armas,” delito que prevé hasta 20 años de cárcel, contra los militares Carlos Franke, Edberto González de la Vega, Jorge Cornejo Torino, Oscar Quiroga, Juan Carlos Villanueva y Marcelo Gatto.
El máximo tribunal penal argentino analizó la pericia después de que en diciembre del 2003 un tribunal de Córdoba suspendiese la preparación del juicio por la voladura y enviase la causa nuevamente a la justicia de instrucción.