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Justicia argentina despenaliza el consumo privado de marihuana

La Corte Suprema declaró "inconstitucional" penar la ingesta de la droga si está limitada al ámbito privado, a mayores de edad y sin implicar riesgos para terceros.

25 de Agosto de 2009 | 17:00 | DPA

BUENOS AIRES.- La Corte Suprema de Justicia argentina dictó hoy una despenalización parcial del uso de estupefacientes, al declarar "inconstitucional" penar el consumo de marihuana si está limitado al ámbito privado, a mayores de edad y sin implicar riesgos para terceros.


El fallo señala que el consumo de marihuana en el ámbito de la intimidad está protegido por el artículo 19 de la Constitución Nacional, que establece que "las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados".


La resolución de la Corte Suprema tiene, sin embargo, un alcance limitado, ya que sólo comprende al consumo de marihuana y en casos de "escasa cantidad", aunque no precisó a cuánto se refiere.


No obstante, los ministros de la Corte instaron "a todos los poderes públicos a asegurar una política de Estado contra el tráfico ilícito de estupefacientes y a adoptar medidas de salud preventivas, con información y educación disuasiva del consumo".


Los magistrados subrayaron que estas políticas deben apuntar en especial a "los menores", con el fin del "dar adecuado cumplimiento a los tratados internacionales de derechos humanos suscriptos en el país".


La Corte Suprema se pronunció así en particular sobre el denominado caso "Arriola", en el que dos vendedores de drogas fueron condenados, pero cinco consumidores que les habían comprado, y portaban cada uno entre uno y tres cigarrillos de marihuana en sus bolsillos, quedaron exentos de penalización.


En este caso en particular "no había peligro para terceros, ni adicción demostrada, ni evidencia alguna acerca de que tuvieran intenciones de comercializarla", indica el texto que declara la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 23.737 de drogas, que castiga con un mes a dos años de prisión la tenencia para consumo personal de escasa cantidad de droga.


La resolución de la Corte Suprema es respaldada por el gobierno argentino, que apunta a concentrar los recursos en el combate al narcotráfico.


Esta mañana, antes de conocerse el fallo, el jefe del Gabinete, Aníbal Fernández, sostuvo que "la política represiva que inventó la administración Nixon (en los Estados Unidos) y que se la vendió a (el ex ministro de Bienestar Social José) López Rega con muchísimas ganas, y que López Rega se encargaba de castigar al usuario como si fuese un narco, está teniendo su fin por razones obvias: no ha reducido una sola hectárea de cultivos en ningún lugar del mundo y no ha reducido una sola de las redes de comercialización y tráfico de drogas en ningún lugar del mundo".


"Vamos a insistir con nuestra propia política, a través de una lucha despiadada contra el narcotráfico. Los que venden basura para envenenar a nuestros pibes (niños), tienen que ser castigados con toda la dureza que el Estado pueda", señaló el jefe de ministros.


La resolución de la Corte Suprema, en tanto, abriría las puertas a que el comité científico para la reforma legislativa en materia de control del tráfico ilícito de estupefacientes presente anteproyectos que modifiquen las leyes argentinas sobre penalización del consumo de drogas.


La coordinadora de este comité, la fiscal Mónica Cuñarro, se manifestó a favor de la despenalización. "Yo como fiscal no quiero perseguir adictos, quiero perseguir traficantes y quiero que haya campañas de prevención de parte del Estado", declaró.


En cambio, la Iglesia Católica se mostró en contra de la despenalización. El responsable de la Comisión Nacional para la Pastoral de Adicciones, el obispo de Gualeguaychú Jorge Lozano, manifestó al canal noticioso TN que "hay que dificultar el acceso y el consumo, no facilitarlo".

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