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Primera condena a la Iglesia Católica de Colombia por pederastia

El responsable de los abusos fue el sacerdote Luis Enrique Duque Valencia.

10 de Agosto de 2011 | 16:28 | EFE

BOGOTÁ.- La Iglesia Católica fue condenada por primera vez en Colombia a pagar una indemnización por delitos de pederastia cometidos por uno de sus sacerdotes.


El abogado Jaime Berján explicó que en un fallo de segunda instancia, la magistrada María Clara Rovira hizo hoy miércoles extensiva la responsabilidad del sacerdote Luis Enrique Duque Valencia en este caso a la diócesis de Líbano, donde ejercía su ministerio.


Es el "primer fallo en Colombia de esta índole, proferido por un Alto Tribunal", dijo Berján en referencia a que hasta ahora las condenas por pederestia a sacerdotes no habían afectado a la Iglesia como institución.


La diócesis de Líbano, que ha sido condenada a pagar una indemnización de 430 millones de pesos (237.400 dólares), ha interpuesto un recurso de casación ante la Corte Suprema.


Duque Valencia fue condenado en 2009 a 220 meses de prisión y al pago de 110 millones de pesos (US$60.700) por el delito de acceso carnal violento agravado a dos niños de 7 y 8 años que estaban a su cargo pues su familia pasaba por dificultades económicas, pero nunca pagó la indemnización por insolvencia.


Según el abogado, como la prisión no era suficiente para resarcir los "daños integrales, morales y materiales a las víctimas", concertó una audiencia de conciliación con el obispo de Líbano, José Luis Gómez, para buscar una solución económica.


Sin embargo, agregó, "el obispo se negó rotundamente argumentando que la Iglesia no tenía ninguna vinculación con el sacerdote Duque y mucho menos con los menores, por lo tanto ellos no eran responsables".


El abogado, que perdió el caso en primera instancia, dijo que las pruebas que presentó para demostrar la vinculación entre Duque y la institución religiosa se basaron en que los hechos sucedieron en una iglesia y en que el propio obispo emitió un decreto expulsando al sacerdote de la comunidad religiosa, lo que, a su juicio, "es contradictorio".


Fue en segunda instancia, cuando la magistrada María Clara Rovira, del Tribunal del Distrito de Ibagué (capital de Tolima), le di la razón a Berján.

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