Nadie pierde. A las dos protagonistas del escándalo les gustó el dictamen de la justicia.
El MercurioSANTIAGO.- Un año de "suspensión condicional" y el pago de un millón de pesos se le impuso como salida alternativa a Pamela Díaz en el caso de difusión de las fotos íntimas de Alejandra Álvarez.
Así lo determinó hoy el 4° juzgado de garantía de Santiago, tras 11 meses de investigación, luego que el 16 de septiembre de 2008, la "Fiera" mostrara en los medios imágenes íntimas de Álvarez en un hotel de Buenos Aires. El dinero irá a las arcas de la Fundación San José.
La resolución también contempla que Díaz no puede mencionar públicamente a Alejandra Álvarez e informar a tribunales de sus cambios de domicilio.
El dictamen es producto de una salida alternativa propuesta por la fiscalía, para detener la investigación y así no ir a juicio, según contempla la nueva justicia penal. Esto no implica condena ni abosolución. Si la "Fiera" incumple este acuerdo en el periodo de un año, la causa se abre nuevamente y podría ser juzgada.
Tras la resolución, tanto Díaz como Álvarez se sentían triunfadoras a la salida de tribunales.
"Ahora tengo que salir a celebrar y a comer", dijo Díaz ante el acoso de los medios.
Álvarez, por su parte, señaló que estaba muy contenta. "Pamela Díaz es una imputada y está formalizada por dos delitos. Ella es una vil delincuente. Y todo delincuente tiene derecho a la supensión condicional por tener conducta intachable anterior, como aquel que roba, que mata. Si la Carola Julio la hubiera demandado (por difundir el video de Priner Plano), ahora estaría presa", dijo.
Sin embargo, trascendió que ambas figuras públicas se seguirán viendo las caras en tribunales. La abogada de Álvarez, Catherine Lathrop, ahora contempla realizar una acción civil contra Díaz por "daños y perjuicios".
Según se explica en el sitio "lmo abogados" (www.lmo.cl), una suspensión condicional "consiste en una anticipación del tipo de solución que la sentencia otorgará al caso respecto del imputado cuando resulte aplicable alguna de las medidas alternativas de la ley Nº 18.216.
En este tipo de salida alternativa, con acuerdo del fiscal del Ministerio Público y del imputado, el Juez de Garantía podrá suspender el procedimiento sujetando a éste último a ciertas formas de control de baja intensidad por un periodo no superior a tres años a fin de evitar los efectos estigmatizantes del sistema penal en general faciliten en plenitud la reinserción social del imputado.
Finalmente, en caso de revocarse la suspensión condicional del procedimiento por no cumplimiento de las condiciones, o por la comisión de un nuevo delito, será necesario reiniciar el procedimiento hasta la dictación de la sentencia, incluyendo en el segundo caso, el nuevo delito en la acusación".