Las proveedoras de TV satelital deben asegurar contenidos aptos para todo público en el horario de protección al menor.
El MercurioSANTIAGO.- Esta mañana la Tercera Sala de la Corte Suprema ratificó que el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) puede multar a las empresas proveedoras de televisión satelital cuando violen las normas establecidas en el horario de protección del menor.
La atribución del organismo gubernamental fue confirmada por un fallo que valida una multa aplicada a Direct TV por la exhibición antes de las 22:00 horas de una película no apta para menores ("El Rescate").
"Es posible constatar que el ámbito de supervigilancia y fiscalización que tiene el Consejo Nacional de Televisión se extiende a los servicios de telecomunicaciones limitados, razón por la cual puede regular, dentro del ejercicio de sus facultades, la transmisión y recepción de la televisión por satélite, debiendo en consecuencia velar porque éstos se ajusten estrictamente al 'correcto funcionamiento'" del horario de protección al menor, indica el fallo del máximo tribunal.
El documento legal agrega que la programación satelital está sujeta a este reglamento pese a ser "retransmisión de programas enviados desde el extranjero", pues lo contrario "importaría asumir que bastaría la falta de mecanismos técnicos para controlar lo que repite o retransmite la empresa concesionaria, cuestión que constituye una situación voluntaria, para quedar fuera del ámbito de control de la autoridad, la que por lo demás expresamente tiene dicha facultad", dice el fallo.
"Así las cosas, cualquiera que sea la forma en que se proporcione la señal de televisión, sea abierta, por cable o satelital, siempre quedará sujeta al cumplimiento de las normas que imponen la ley y la autoridad", añade el documento legal.
Asimismo, indica que el CNTV no puede "intervenir en la programación de los servicios de radiodifusión televisiva de libre recepción ni en la de los servicios limitados de televisión", pero sí puede determinar el horario de exposición de los contenidos que pueden vulnerar a los menores de 18 años.