AUTONOMIA FINANCIERA PARA EL PODER JUDICIAL
Estamos convencidos que habiéndose consolidado nuestra Corporación Administrativa como un organismo técnico y profesional, con capacidad para administrar los recursos financieros que se otorgan al Poder Judicial en el presupuesto de la Nación, y los futuros incrementos que necesariamente deberán fluir, constituye mérito suficiente para que consideremos que resulta legítimo y oportuno, que demandemos ahora la correspondiente autonomía económica y financiera, para la administración, asignación y operación de nuestros recursos presupuestarios.
Esta aspiración ha sido tradicionalmente planteada por la generalidad de mis distinguidos predecesores, pero en razón del mérito de lo que expresé recién y de lo que diré a continuación, creemos firmemente que al inicio de este nuevo milenio, tal aspiración no debe postergarse, sino que concretarse prontamente.
Es indudable que la dependencia funcional y económica que tenemos con el Poder Central, en la asignación de los recursos financieros, desmerece en un grado no menor el carácter de Poder Público, independiente y autónomo, que la Constitución Política asigna al Poder Judicial.
Además, la ritualidad a la que año a año debemos sujetarnos ante el Ministerio de Hacienda, para la obtención de estos recursos, tampoco se concilia con esas Potestades; y nos ha resultado incómoda la insistencia que ante ese organismo gubernamental hemos debido emplear, más de una vez, incluso recientemente, para obtener la complementación y asignación de recursos urgentes, para financiar aspectos esenciales del funcionamiento del nuevo sistema Procesal Penal.
La responsabilidad que se nos ha entregado y asumimos, el desafío que tenemos en la actualidad y en un futuro inmediato, con todo el proceso de modernización que ya ha comenzado, nos lleva, a la par de ser cautelosos, a ser también rigurosamente francos y realistas.