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Presidente Lagos promulgó Ley de Prensa

El Primer Mandatario resaltó la importancia que tiene la promulgación ya que se eliminan aspectos que impedían la libertad en la información.

18 de Mayo de 2001 | 12:00 | Loreto Flores, emol.com
SANTIAGO.- Después de más de una década de trámites y discusiones el Presidente de la República, Ricardo Lagos, promulgó la Ley de Libertad de Información, Opinión y Ejercicio del Periodismo, conocida como la Ley de Prensa.

El Primer Mandatario resaltó la importancia que tiene la promulgación ya que se eliminan aspectos que impedían la libertad en la información.

Dentro de los más importantes, destacó que casos como el de la periodista actualmente asilada en Estados Unidos, Alejandra Matus, debido a la publicación del libro "El Libro Negro de la Justicia Chilena", ya no se podrán repetir ya que este nuevo documento legal elimina la letra B del artículo sexto de la Ley de Seguridad del Estado, lo que significa que las más altas autoridades ya no tendrán privilegios de procedimientos en relación a los delitos de difamación, injurias y calumnias.

Asimismo, los jueces ya no podrán dictar prohibición de informar sobre cualquier causa judicial.

Además nunca más un periodista será juzgado por tribunales militares, ya que con la nueva ley de prensa se establece que sólo la justicia ordinaria conocerá los delitos cometidos por civiles a causa de expresiones, opiniones o informaciones.

También se establece que los medios de comunicación serán considerados un bien esencial y por lo tanto estarán sujetos a la Ley Antimonopolios. Habrá un registro público con las personas naturales o jurídicas que sean propietarios u operadores de medios de comunicación.

Con la promulgación de la Ley de Prensa queda derogada la ley 16.643 sobre abusos de publicidad.

En cuanto a los periodistas, el documento legal establece el secreto de la fuente informativa, les fija el derecho a que los editores no les alteren su trabajo y un punto importante es que se establece la cláusula de conciencia.

El Presidente de la República resalto también que esta ley se complementará con otras, como con el proyecto que termina con la censura en Chile.

El presidente del colegio de periodistas Enrique Ramírez dijo sentirse satisfecho con esta nueva ley ya que recupera algunas libertades públicas y dijo tener la esperanza de que existan otros progresos, como por ejemplo que se recoja la aspiración del gremio que tiene que ver con la exclusividad de los periodistas en el ámbito informativo.

Afirmó que lo más valorado es que no se apliquen las normas restrictivas de la Ley de Seguridad del Estado, conocida dentro del medio como "ley mordaza".

A la ceremonia realizada en el salón Montt Varas del Palacio La Moneda asistieron ministros de Estado, directores de las distintas escuelas de periodismo, directores de medios de comunicaciones y políticos de distintas bancadas.

Principales avances

De acuerdo al Ejecutivo, algunos de los principales avances de la ley de prensa son los siguientes:

- Elimina la letra b del artículo 6º de la Ley de Seguridad del Estado que permitía a las más altas autoridades presentar querellas contra un periodista. Ninguna autoridad del Estado tendrá privilegios de procedimientos en relación a los delitos de difamación, injurias y calumnias.

- Los jueces no podrán dictar prohibición de informar sobre alguna causa judicial.

- Sólo la justicia ordinaria conocerá los delitos cometidos por civiles a causa de expresiones, opiniones o informaciones. Nunca más un periodista será juzgado por tribunales militares.

- Los medios de comunicación serán considerados un bien esencial y, por tanto, estarán sujetos a la Ley Antimonopolios.

- La Comisión Preventiva Antimonopólica deberá actuar cuando existan transacciones de medios de comunicación social que puedan distorsionar el mercado.

- Habrá un Registro Público con las personas naturales o jurídicas que sean propietarios u operadores de medios de comunicación. Este será guardado y actualizado por la Superintendencia de Valores y Seguros.

- Se realizará un estudio anual sobre pluralismo en el sistema informativo.

- Habrá un fondo concursable para financiar la realización, edición y difusión de programas o suplementos de carácter regional.

- Se sancionará a quien, por cualquier medio de comunicación social, realice publicaciones o transmisiones que promuevan el odio o la hostilidad respecto de personas o colectividades en razón de su raza, sexo, religión o nacionalidad.

- Ante los delitos de injurias y calumnias, el afectado podrá, entre otros derechos, solicitar indemnización por daño moral.

- Establece para los periodistas el secreto de la fuente informativa.

- Fija el derecho a no alterar el trabajo de los periodistas por parte de sus editores.

- Establece para los periodistas la cláusula de conciencia.

- Los órganos del Estado y las empresas públicas deberán contratar periodistas titulados.

- Atenúa sustancialmente la llamada "responsabilidad en cascada", limitándose sólo al director del medio, el que incluso no se considerará autor si demuestra que no hubo culpa o negligencia de su parte.

- Reconoce a las personas el derecho a ser informadas sobre hechos de interés general.

- Señala que el pluralismo en el sistema informativo favorecerá la expresión de la diversidad social, cultural, política y regional del país. Con este propósito se asegura la libertad de fundar, editar, establecer, operar y mantener medios de comunicación social.
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