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Entró en vigencia ley que regula fotorradares y velocidades

Legislación, publicada hoy en el Diario Oficial, dispone que el funcionamiento del control fotográfico está en manos de Carabineros y, excepcionalmente, pueden intervenir inspectores del Ministerio de Transaportes.

07 de Agosto de 2002 | 11:19 | ORBE
SANTIAGO.- Con su publicación en el Diario Oficial, entró hoy en vigencia la nueva ley que regula el funcionamiento de los fotorradares, sistema que será regulado por Carabineros y excepcionalmente por inspectores del Ministerio de Transportes.

Además, la normativa modifica los límites máximos de velocidad, en zonas urbanas de 50 se aumentó a 60 kilómetros por hora, exceptuando buses camiones y transportes escolares.

En tanto en carreteras de dos o más pistas de circulación la máxima será de 120 kilómetros para automóviles particulares, de 100 para buses y de 90 para camiones y vehículos escolares.

También se establece gradualidad en las multas por exceso de velocidad y se determina un rango de tolerancia de 5 kilómetros por hora que deberá sumarse a los nuevos límites que contempla la nueva normativa.
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