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Rechazan recurso de amparo de General (r) Campos

La Corte de Apelaciones argumentó que el general en retiro, en su calidad de funcionario público, no está eximido del cargo que se le imputa -obstrucción a la justicia-. En los alegatos efectuados ayer la defensa de Campos argumentó que el delito debe ser cometido por un particular y no por funcionario público.

17 de Octubre de 2002 | 11:00 | Carolina Valenzuela, El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- La Primera Sala de la Corte de Apelaciones rechazó en forma unánime el recurso de amparo presentado a favor del General (r) Patricio Campos, quien fue procesado por el delito de obstrucción a la justicia por el magistrado Mario Carroza, titular del Tercer Juzgado del Crimen de Santiago.

En el fallo, dado a conocer esta mañana, la Corte argumenta, entre otros puntos, que Campos en su calidad de funcionario público no está eximido del cargo que se le imputa.

En los alegatos efectuados en el día de ayer el abogado Francisco Zúñiga, que defiende al retirado general, argumentó que el delito de obstrucción a la justicia debe ser cometido por un particular y no por funcionario público.

La resolución sostiene al respecto que "toda vez que el bien que se busca proteger y asegurar es la recta administración de la justicia, es independiente del hecho de que el responsable del delito de obstrucción a la justicia revista o no la calidad de empleado público, miembro de las Fuerzas Armadas y de Orden o de simple particular".

Campos fue procesado, por haber ocultado información sobre cinco casos de detenidos desaparecidos a la mesa de diálogo, datos que posteriormente pasarían a la justicia.

En el fallo hoy entregado la Corte reafirma que el procesado ha incurrido en el delito de obstrucción a la justicia, "al haber rehusado proporcionar el día 4 de enero del 2001, a la institución encargada del proceso de consolidación (Mesa de Diálogo), toda la información que obraba en su conocimiento respecto a la personas desaparecidas".

El documento agrega que además, "en sus declaraciones prestadas ante el juez del Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, persistió en su negativa a rehusar proporcionar la información recopilada, conducta que mantuvo hasta el día 2 de octubre del 2002, en que recién aclaró que hubo un error cuando manifestó el número de 23 personas desaparecidas y se percató que faltaban cinco personas".

En los alegatos de ayer el abogado querellante, el representante del Gobierno, Luciano Fouillioux, entregó 11 nuevos nombres de ex militantes comunistas cuyos datos habrían sido ocultados y destruidos por Campos, quien fue el encargado de recolectar la información sobre detenidos desaparecidos dentro de la fuerza aérea para ser entregados a la Mesa de Diálogo.

Luego de conocer el fallo el abogado y coordinador del programa de derechos humanos del ministerio del Interior, Luciano Fouillioux, se mostró satisfecho con el fallo y sostuvo que "no sólo se ha ajustado plenamente a derecho sino que ha venido a confirmar lo que ha resuelto el juez Carroza en término a la participación del general Campos en la obstrucción a la justicia".

Caucoto: Resolución con insospechadas consecuencias

El abogado de derechos humanos Nelson Caucoto, también querellante, sostuvo que el fallo confirma todo lo obrado por el juez Carroza y deja claro que sí se produjo el delito de obstrucción a la justicia.

"Creo que los hechos son extremadamente claros y contundentes, y que no hay ninguna posibilidad de que pueda variar la situación ni aun en la Corte Suprema donde también nos haremos presentes".

El abogado afirmó además que si la defensa del general (r) Campos recurre al máximo tribunal y la Corte ratifica el fallo de hoy, "diría que sólo habría que esperar la condena del general Campos".

Caucoto reiteró que a su juicio esta resolución trae "insospechadas consecuencias" para el actual comandante en Jefe de la FACh, General Patricio Ríos, "porque es imposible desvincularlo a él de lo que le está sucediendo al general (r) Campos".

Respecto del posible delito de asociación ilícita que habrían cometido ex agentes del comando conjunto, Caucoto sostuvo que los querellantes intentarán convencer al magistrado Carroza que "sí operó una asociación ilícita que se dedicó a exterminar chilenos y que ha tenido perseverancia en el tiempo para los efectos de obstruir la acción de la justicia".

El tribunal, que estuvo integrado por los ministros Jaime Rodríguez Espoz, Juan González, y el abogado integrante Hugo Llanos, no se pronunció respecto de la solicitud de ampliar el procesamiento a Campos por el delito de perjurio que fue solicitado ayer por la parte querellante.

Defensa presentará apelación

"Tranquilo" se mostró el abogado del general (r) Campos, Francisco Zúñiga, tras conocer la decisión del tribunal de alzada, porque según afirmó "es un fallo dentro de los que eran posibles".

Zúñiga informó que mañana apelará a la resolución para que el recurso sea decidido en la Corte Suprema, puesto que a su juicio la primera sala de la corte de apelaciones "no se hizo cargo ni tampoco entró al fondo del asunto, simplemente hace unas argumentaciones bastante livianas que a nosotros nos parece que son destruibles, y así lo vamos a hacer".

El profesional sostuvo que su defendido está "tranquilo", y que la afirmación del abogado querellante Luciano Fouillioux de que Campos destruyó información sobre once casos más que los cinco conocidos, es falsa. "Absolutamente no es verdad", afirmó el abogado luego de relatar que es fue la respuesta de Campos tras ser consultado sobre el hecho.
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