SANTIAGO.- La Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó por cinco votos contra cero la apelación del recurso de amparo presentado en favor del general (r) Patricio Campos, quien está procesado por obstrucción a la justicia.
El escueto fallo sostiene que "eliminando los fundamentos sexto y séptimo de la resolución en alzada (Corte de Apelaciones), y teniendo además presente que el procesamiento recurrido ha sido dictado con antecedentes que lo justifican. Se confirma la resolución apelada del 17 de octubre de 2002".
Los fundamentos sexto y séptimo a los que se apega el fallo, se refieren a las razones de fondo por las cuales se configura el delito de obstrucción a la justicia cometido por Campos, al haber destruido información que fue suministrada respecto de las personas desaparecidas durante el Gobierno Militar.
La decisión adoptada por los magistrados Alberto Chaigneau, Milton Juica, Nibaldo Segura, María Antonia Morales y el abogado integrante José Fernández, ratifica el fallo de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones que el jueves pasado, y también por unanimidad, rechazó el amparo y por lo tanto confirmaba el procesamiento dictado por el magistrado Mario Carroza.
Ayer se efectuaron los alegatos ante el máximo tribunal, oportunidad en la cual el abogado del ex uniformado, Francisco Zúñiga, expuso sus argumentos para solicitar que se revocara el fallo de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones que confirmaba el encausamiento, argumentando que no existen pruebas en contra de su defendido para afirmar que cometió el delito que se le imputa.
En la jornada de ayer también alegaron los abogados querellantes Luciano Fouillioux y Nelson Caucoto, quienes reafirmaron ante la Corte que existen pruebas suficientes para condenar al ex director general de Aeronáutica Civil por obstrucción a la justicia.
Campos fue encausado por el juez Carroza luego de que confesara que había destruido datos sobre cinco detenidos desaparecidos, información que debía haber entregado a la Mesa de Diálogo.
El ex uniformado fue el encargado de recopilar la información sobre detenidos desaparecidos al interior de la Fuerza Aérea, datos que debían ser entregados a la Mesa de Diálogo y posteriormente a la justicia.
Actualmente cumple detención en la Guarnición Aérea de El Bosque, por orden del juez del Tercer Juzgado del Crimen, Mario Carroza.
Tranquilidad en la defensa
Luego de conocer la decisión del tribunal, el abogado Francisco Zúñiga manifestó estar tranquilo, puesto que "la Corte Suprema si bien confirma lo que es el proceder del juez Carroza, también deja claro al omitir los considerandos sexto y séptimo que no se puede entrar a discutir el fondo del delito en este momento".
El profesional afirmó que en ningún caso la resolución de la Corte Suprema significa una derrota, y anunció que en los próximos días solicitará la libertad de su defendido, porque "tiene una conducta irreprochable, una conducta ejemplar en la FACh, y por lo tanto se merece esa libertad".
En tanto, el abogado querellante y secretario ejecutivo del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, Luciano Fouillioux, se declaró satisfecho por el fallo, ya que -a su juicio- éste recoge todos los argumentos que la parte querellante había presentado en los últimos alegatos.
"A nosotros nos parece extremadamente importante la resolución en términos de que deja sentado que las personas que han pretendido con una conducta poco deseable afectar el trabajo de los magistrados que se ha desarrollado en el marco de la Mesa de Diálogo, merecen un reproche judicial", sostuvo el abogado.
Fouillioux destacó además que la resolución deja a firme el auto de procesamiento dictado por el juez Carroza, y manifestó que no se opone a que se conceda la libertad del procesado si así lo solicita la defensa.