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Coimas: Mañana comienzan interrogatorios a diputados desaforados

Desde mañana y hasta el lunes el ministro Carlos Aránguiz tomará declaración a cada uno de los parlamentarios en forma separada. Mañana le corresponde el turno al PPD Víctor Manuel Rebolledo.

20 de Enero de 2003 | 11:41 | El Mercurio en Internet
RANCAGUA.- A los 8:30 horas de mañana el ministro en visita Carlos Aránguiz comenzará en Rancagua la ronda de interrogatorios a los cinco diputados cuyo desafuero confirmó el martes de la semana pasada la Corte Suprema, por estar implicados en el denominado caso Coimas.

Mañana le corresponderá acudir hasta el Segundo Juzgado del Crimen de Rancagua al diputado PPD Víctor Manuel Rebolledo, y el miércoles al ex DC Jaime Jiménez.

El jueves, en tanto, deberá concurrir al tribunal el parlamentario Cristián Pareto, mientras que al PRSD Eduardo Lagos le corresponderá el viernes próximo.

Los interrogatorios concluirán el lunes de la próxima semana, cuando le corresponda comparecer ante el juez al socialista Juan Pablo Letelier.


La solicitud de desafuero de los parlamentarios concertacionistas fue efectuada por el ministro en visita Carlos Aránguiz el pasado 8 de noviembre de 2002, fecha en que también sometió a proceso a otras seis personas vinculadas al caso, entre ellas el ex subsecretario de Transportes Patricio Tombolini.

Aránguiz fue nombrado ministro en visita luego de que el Gobierno interpusiera una querella con el fin de aclarar las acusaciones que el empresario plantero Carlos Fillipi realizó a la prensa, sosteniendo que había coimeado a autoridades públicas con el fin de obtener beneficios para su empresa.

El 26 de noviembre la Corte de Apelaciones de Rancagua aprobó el desafuero de cinco de los seis diputados oficialistas solicitado por el ministro en visita, decisión que fue ratificada por la Corte Suprema en votación dividida de acuerdo a la situación de cada parlamentario.

Qué se le imputa a cada diputado

Víctor Manuel Rebolledo
Víctor Manuel Rebolledo. (El Mercurio)
De acuerdo al fallo de primera instancia de la Corte de Apelaciones de Rancagua, que prácticamente fue ratificado en su totalidad por el Máximo Tribunal, salvo prevenciones de los ministros, al diputado Víctor Manuel Rebolledo se le imputa "que un particular ofreció a un empleado público una cantidad de dinero (que el funcionario aceptó) para que influyera sobre el empleado, con el objeto de obtener de éste una decisión que beneficiaba a un tercero. El hecho del funcionario está tipificado en el artículo 248 bis inciso segundo, y el del particular en el artículo 250, ambos del Código Penal".

La participación que se atribuye al diputado Rebolledo es la de coautor, pero no de coautor en cuanto colaborador del funcionario público, como supuso su defensa en estrados, que alegó la incomunicabilidad del tipo del artículo 248 bis, pues su representado no era empleado público en esa fecha, sino coautor en cuanto colaborador del particular, en cuanto gestor del convenio entre ese particular y el funcionario público.

Jaime Jiménez y Cristián Pareto
Jaime Jiménez y Cristián Pareto. (El Mercurio)
A los actos imputados a los ex DC Cristián Pareto y Jaime Jiménez, en tanto, el tribunal les imputó dos hechos ilícitos: el primero de ellos "consiste en haber solicitado o aceptado (y de hecho recibido) dinero para que interceder ante funcionarios públicos, en favor de un particular para que se le reabriera una planta de revisión técnica que había sido cerrada. Ese hecho encuadra en el tipo del artículo 248 bis inciso segundo del Código Penal.

Eduardo Lagos
Eduardo Lagos. (El Mercurio)
El segundo acto imputado "a Cristián Pareto y Jaime Jiménez, y también al diputado Eduardo Lagos, consiste en haberse reunido con un tercero particular y haberle solicitado un beneficio económico para ejercer influencia de manera de obtener para él la concesión de plantas de revisión técnica de vehículos motorizados. El hecho así descrito encuadra en el tipo del artículo 248 bis del Código Penal".

Juan Pablo Letelier
Juan Pablo Letelier. (El Mercurio)
Del socialista Juan Pablo Letelier, en tanto, el dictamen dice que "habría intervenido en favor de un concesionario de planta de revisión técnica, que estaba procesado por delitos cometidos en relación a su actividad como tal, para que, previo pago de una suma de dinero al Subsecretario de Transportes de la época, no le cerrara su planta, como en derecho correspondía hacer. Lo cierto es que este hecho encuadra en el tipo del artículo 248 bis del Código Penal".
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