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Corte Suprema rechaza queja de obispo Infanti contra ministra Araneda

El Máximo Tribunal sostuvo que la carta denuncia entregada el lunes por el prelado tiene antecdentes que actualmente están siendo conocidos por tribunales competentes y que cerece del carácter formal de una queja disciplinaria.

30 de Enero de 2003 | 12:31 | El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- En una nueva señal de apoyo al trabajo que realiza la ministra en visita que investiga las muertes de 12 jóvenes de Aysén, Alicia Araneda, la Corte Suprema decidió rechazar y archivar los antecedentes con las denuncias que el obispo de Aysén, Luis Infanti, efectuó contra la magistrada el lunes pasado.

A través de un comunicado, el organismo argumenta que "los antecedentes están siendo actualmente conocidos por los Tribunales competentes, mediante diferentes recursos deducidos por los afectados, respecto de los que esta Corte eventualmente puede llegar a pronunciarse".

El documento emitido pasado este mediodía por la Corte sostiene además que en la presentación de Infanti, quien a través de una carta al Presidente de la Suprema, Mario Garrido, acusó a la magistrada Araneda de presiones indebidas a los testigos del caso, "no se proporcionan antecedentes nuevos, porque los que en ella se mencionan ya están en conocimiento de los órganos judiciales correspondientes".

Los magistrados de la Suprema sostienen además que Infanti "carece de representación jurídica respecto de las partes involucradas en los respectivos procesos, y tampoco aparece legalmente investido de la legitimación activa requerida para intervenir en derecho, ante los Tribunales, en relación con esas causas"

En tanto, los ministros Enrique Cury y Milton Juica hicieron presente que la ley contempla recursos de carácter disciplinario cuyo ejercicio se encuentra debidamente reglamentado en el Código Orgánico de Tribunales, y según señalaron, la carta entregada por el obispo Infanti no tiene ese carácter.

Ambos magistrados sostuvieron además que sí consideran como nuevos los antecedentes entregados, pero que "se basan en atestados privados de dudoso origen que impiden, con objetividad, abrir de oficio una investigación para poner en duda la actuación de una juez en la indagación que desarrolla con pleno ejercicio de sus facultades jurisdiccionales".
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