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Suprema ratifica sanción contra Sociedad Nacional de Oleoductos

La empresa deberá pagar más de 70 millones de pesos a raíz de la muerte de un trabajador, mientras se realizaba el mantenimiento de una línea de gas licuado en el interior de la central de bombeo en Concón el 2001.

24 de Marzo de 2003 | 11:58 | Orbe
SANTIAGO.- La Corte Suprema ratificó una multa de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC) por más de 70 millones de pesos contra la Sociedad Nacional de Oleoductos (Sonacol) por un accidente en las instalaciones de esa empresa que culminó con la muerte de un trabajador el 2 de marzo del 2001 en Concón.

El hecho ocurrió, a las 15:20 horas de esa fecha, por la inflamación de vapores, mientras se realizaba el mantenimiento de una línea de gas licuado en el interior de la central de bombeo en Concón, provocando la muerte del mecánico Luis Delgadillo, de 47 años, tras haber sufrido severas quemaduras, y heridas graves de otro empleado, un ayudante de la empresa.

Debido al accidente y tras una acuciosa investigación de la SEC se determinó sancionar a la empresa por negligencia en el diseño, inspección y mantenimiento de las instalaciones y falta de control de riesgos en la operación.

La multa, en la oportunidad, llegó a 200 Unidades Tributarias Mensuales, equivalentes a más de 70 millones de pesos. En la ocasión, el Servicio de Salud de Viña del Mar también multó a la empresa con una suma de 1.000 UTM (casi 30 millones de pesos).

Sonacol impugnó la sanción de la SEC ante la Corte de Apelaciones de Santiago y luego a la Corte Suprema, pero su reclamo fue rechazado en ambas instancias, confirmándose la conclusión de las indagatorias realizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustible.
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