VALPARAISO.- Un proyecto que sanciona conductas de maltrato animal fue enviado a la Comisión de Recursos Naturales, cuyo texto legal señala que quien cometa crueldad o maltrato contra éstos, será castigado con una multa de una a diez Unidades Tributarias Mensuales, (UTM).
Serán actos de crueldad o maltrato, entre otros, provocar riñas o realizar espectáculos que impliquen deterioro de la salud o muerte de animales, así como emplear en ellos instrumentos o sustancias que provoquen su muerte con sufrimiento innecesario. Otras contravenciones a esta normativa, se sancionarán con multas de 1 a 5 UTM.
Si la situación socioeconómica del infractor lo amerita, el juez podrá conmutar estas multas por actividades en beneficio de la comunidad, que deberá fijarse de común acuerdo con el trasgresor.
Para determinar la duración de estos servicios, se reducirá la multa a días, a razón de una jornada por cada quinto de UTM. A su vez, estos podrán fraccionarse en horas, para no afectar las obligaciones laborales.
Si la persona reitera su falta, se le podrá imponer hasta el doble de la multa o la clausura del establecimiento en que se haya ejecutado la infracción, hasta por 60 días.
Será responsable de la multa quien haya ejecutado materialmente la infracción. Pero si ésta sucedió en un medio de transporte, recinto o establecimiento, será responsable el dueño o encargado, si se acredita que tuvo conocimiento de la infracción.
Ante la reiteración de la conducta, el juez podrá decomisar el animal y ponerlo a resguardo en una institución responsable. El infractor deberá asumir el costo de los cuidados, alimentación y tratamientos médicos veterinarios.
El juez de policía local del lugar en que se haya cometido la infracción, será competente para conocer estas transgresiones.