SANTIAGO.- El Director de Tránsito, podrá denegar la licencia de conducir a personas condenadas por delitos de pedofilia, violación o secuestro.
Así lo aprobó la Comisión Mixta de Transportes, que hoy dirimió las divergencias entre ambas ramas legislativas sobre el proyecto que modifica la ley de tránsito con el fin de permitir las anotaciones en el registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados.
El informe de la Comisión Mixta será votado primero en la Cámara de Diputados y posteriormente por el Senado, con lo cual se pondrá término a la tramitación del proyecto en el Congreso y quedará en condiciones de ser promulgado y publicado como Ley de la República.
La comisión mixta de diputados y senadores, respecto de la facultad al Director de Tránsito para calificar la idoneidad moral de los interesados en sacar licencia de conducir, eliminó la posibilidad de que la deniegue respecto de personas condenadas por delitos contra la propiedad y el orden o la seguridad pública.
La posibilidad de denegación también rige para los condenados por tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas; delitos o cuasidelitos para cuya perpetración se hubiere utilizado un vehículo y por conducir con licencia de conductor, boleta de citación o permiso provisorio judicial para conducir, falsos de de otra persona.
El texto de consenso, asimismo, dispone que, a contar de la poblicación de ésta ley, se eliminarán del Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados, todas las infracciones graves o gravísimas, como pàsar por luz roja o no detenerse ante el Disco Pare, siempre y cuando el conductor no haya incurrido en infracciones gravísimas en los últimos tres años y dos años, en el caso de las graves.