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Corte revoca medidas cautelares a diez comuneros mapuches

El pasado 22 de octubre, el Tribunal de Garantía de Temuco determinó dejar en libertad a los 10 campesinos con el compromiso de firmar una vez al mes en el juzgado y la prohibición de acercarse al lugar donde se realizaban faenas de forestación.

30 de Octubre de 2003 | 13:43 | ORBE
TEMUCO.- La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco, integrada por los ministros Fernando Carreño, Víctor Reyes y el fiscal judicial Luis Troncoso, revocó las medidas cautelares decretadas por el Tribunal de Garantía de esa ciudad a diez comuneros mapuches de la comunidad de Gineo, detenidos el 10 de octubre en la localidad de Metrenco.

El pasado 22 de octubre, el Tribunal de Garantía de Temuco determinó dejar en libertad a los 10 campesinos con el compromiso de firmar una vez al mes en el juzgado y la prohibición de acercarse al lugar donde se realizaban faenas de forestación.

Lo anterior se suma a la resolución decretada también por la Corte de Apelaciones de Temuco frente a un recurso presentado por la Conadi, en beneficio de la comunidad José Gineo, del sector Rofue- Licanco, comuna de Padre Las Casas.

En la oportunidad se determinó orden de no innovar, hasta que no se aclare a quién pertenecen las tierras, lo que implica que desde el día 23 de octubre, la empresa forestal que realizaba faenas en el sector, debió paralizar los trabajos de tala y extracción de árboles, además del retiro de las fuerzas policiales que se encontraban resguardando el lugar por orden del Ministerio Público.

Cabe recordar que los hechos se iniciaron el pasado 21 de octubre fecha en que fueron detenidos 10 campesinos mapuches por Fuerzas Especiales de Carabineros, la mayoría de ellos al interior de la comunidad Rofue, luego de que éstos manifestaran a los uniformados que se encontraban en propiedad privada.

Durante la audiencia los fiscales del Ministerio Público formalizaron a los imputados de atentado contra la autoridad en calidad de autores.

Los efectivos policiales llegaron al lugar para resguardar un predio colindante donde se realizaba la tala de 4 hectáreas de pino, terreno que es reclamado por la comunidad quienes poseen título de merced de las tierras que data desde principios del siglo pasado.

Según lo relatado por la defensa, las Fuerzas Especiales de Carabineros irrumpieron en la comunidad indígena sin exhibir una orden previa de ingreso, cuando sólo debían dar cumplimiento a la orden de prestar protección a un predio colindante donde se realizaban faenas forestales.

Los abogados de la Defensoría Penal Mapuche, Sandra Jelves y Jaime López, manifestaron sus reparos respecto de la protección brindada por la fiscalía al predio, pues argumentaron que para conseguir tal beneficio sólo se presentó una copia simple de inscripción de herencia de bienes raíces, y no un certificado de dominio vigente, que sería el único documento que acredita el dominio.

A juicio de la defensa, lo más grave es que se vulneraron los derechos de las personas detenidas, pues es evidente la violencia utilizada por los uniformados, constatada por la propia magistrado, quienes dispararon, hiriendo con balines a cuatro personas y a un caballo, propinaron golpes sin que los comuneros hubieran exhibido violencia alguna aún cuando carabineros pasaba por propiedad privada sin solicitar autorización.
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