El pleno de la Corte Suprema objetó dos nombramientos de jueces de garantía de la Región Metropolitana, efectuados por el Presidente de la República y cuyos decretos ya fueron cursados por la Contraloría General de la República.
El hecho fue considerado grave en esferas judiciales, por cuanto el máximo tribunal estaría invadiendo una facultad constitucional del Jefe de Estado como es la de designar a los jueces.
La decisión del pleno se concretó mediante un oficio enviado al Ministerio de Justicia comunicando que fueron invalidadas las ternas en que figuraban Verónica Sabaj y María Eugenia Massigi, cuyos nombramientos fueron cuestionados por no pertenecer a la categoría exigida por la ley para ser juezas de garantía.
Según explicaron fuentes judiciales, ambas funcionarias ostentaban el cargo de secretaria de juzgado del crimen, lo que equivale a la séptima categoría del escalafón judicial y a la quinta categoría, como ordena la ley para ser jueza de garantía.
Esta situación fue detectada por la Corte Suprema en estas dos ternas, de un total de siete preparadas por la Corte de Apelaciones de Santiago, en que los nombramientos ya
fueron aprobados por la Contraloría General de la República al tomar razón de los decretos firmados por el Presidente.
En el Ministerio de Justicia, se estaba evaluando el oficio enviado por el pleno, pero trascendió que opiniones preliminares consideraban inconstitucional la actuación
de la Corte Suprema.
Si bien se desestimó que esta delicada situación pueda provocar consecuencias de trascendencia, se comentó que sería sano zanjar este tipo de conflictos para evitar que se
enfrenten dos poderes del Estado.
Los conflictos que se produzcan entre el Ejecutivo y los tribunales superiores de justicia deben ser zanjados por el Senado.