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Suprema falla a favor de feriado para trabajadores de mall

La Tercera Sala sostiene que la inspección del trabajo no cometió un acto ilegal o arbitrario al aplicar la Ley a dichos establecimientos, como ellos argumentaron en los recursos de protección.

24 de Mayo de 2005 | 13:57 | Carolina Valenzuela, El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó dos recursos de protección interpuesto por las empresas Jumbo e Easy del mall Arauco Maipú y con ello reconoció que los trabajadores de estas firmas tienen derecho al feriado obligatorio que establece la Ley N°19.973 para quienes laboran en centros comerciales.

Ambas empresas recurrieron de protección luego que la inspección comunal del trabajo de Maipú ordenara aplicar feriado a los trabajadores de los dos establecimientos el 18 de septiembre de 2004, por considerar que ambos formaban parte del centro comercial que ese día estaba cerrado.

En dos fallos, la Tercera Sala sostiene que la inspección del trabajo no cometió un acto ilegal o arbitrario al aplicar la Ley a dichos establecimientos, como ellos argumentaron en los recursos de protección.

Según la Suprema, la entidad comunal actuó dentro de su labor de fiscalización del cumplimiento de la Ley laboral, y el funcionario encargado de hacer cumplir las normas constató en terreno que tanto el supermercado como la tienda Easy formaban parte del centro comercial Arauco Maipú.

El máximo tribunal sostiene que el concepto de centro comercial, que en la ley es sinónimo de mall, se refiere a unidades arquitectónicas de cierta envergadura en que funcionaban diversos establecimientos comerciales de distinta índole con estacionamientos comunes y que están concentrados y orientados a otorgar variados servicios a la comunidad en un solo lugar.

La Ley N°19.973, establece en su artículo segundo que los días 18 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero de cada año serán feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores que laboran en centros comerciales.
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