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Corte declara inadmisible recurso de Longueira contra Costanera Norte

El tribunal consideró que la acción legal es extemporánea, ya que el hecho que motiva el recurso se conoce hace más de 15 días, plazo que estipula la ley para recurrir en caso de que una persona sienta vulnerados sus derechos.

30 de Marzo de 2006 | 09:50 | Carolina Valenzuela, El Mercurio en Internet
SANTIAGO.- La Sala de Cuentas de la Corte de Apelaciones declaró inadmisible por extemporáneo el recurso de protección que interpuso el lunes pasado el senador UDI Pablo Longueira contra el Ministerio de Obras Públicas y la concesionaria Costanera Norte.

Tras analizar la acción legal el tribunal consideró que el hecho que motiva el recurso, es decir la posibilidad de aumentar la tarifa de la autopista en las horas de mayor saturación, se conoce hace más de 15 días, plazo que estipula la ley para recurrir en caso de que una persona sienta vulnerados sus derechos.

En una breve resolución la Corte sostiene que "se desprende que el auto que motiva el recurso se encuentra contenido en las bases de licitación de la Costanera Norte, de todo lo cual es posible colegir que el recurrente ha tomado conocimiento del acto recurrido con una antelación superior al plazo previsto para su interposición".

El tribunal estuvo integrado por los ministros Juan Cristóbal Mera, Rosa María Pinto (s) y el abogado Benito Mauriz.

Los argumentos del parlamentario

El parlamentario buscaba impugnar la tarifa de congestión que entraría en vigencia a partir de abril para quienes utilicen la mencionada autopista en los horarios de mayor saturación.

Según la acción legal, la nueva tarifa amenaza las garantías constitucionales de igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.

A juicio del parlamentario, dicha medida constituye un acto ilegal y arbitrario en contra de "todas las personas que hacen uso de dicha autopista para trasladarse a distintos puntos del gran Santiago".

El senador sostuvo además que para aplicar un cobro como el que se ha anunciado se requiere una ley marco, "que no existe".

Ahora, Longueira podrá pedir la reposición del recurso para que éste sea analizado nuevamente.
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