El sacerdote Jorge Galaz durante una de sus declaraciones. (Foto: Pablo Mardones / El Mercurio) |
RANCAGUA.- A 15 años y un día de prisión fue condenado el ex director del hogar Pequeño Cottolengo en esta ciudad, el sacerdote Jorge Galaz Espinoza (42), declarado unánimemente culpable de violación sodomítica reiterada en perjuicio de dos menores con retardo mental.
De acuerdo a la condena del Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua el sacerdote no podrá optar a beneficios alternativos y se le prohibió de manera perpetua el desempeñar cargos públicos.
Mientras que el Ministerio Público se mostró conforme con la resolución, la defensa se retiró del tribunal visiblemente molesta, sin especificar si presentará un recurso de nulidad ante la Corte Suprema.
En tanto, el director de la obra Don Orione en Chile, que rige los destinos de la entidad, Roberto Simionato, señaló que el sacerdote Galaz seguirá en la institución, pero que se remitirán los antecedentes al Vaticano para que decida su situación.
Galaz estuvo presente durante la lectura del veredicto, y pese a que deberá pasar más de una década en la cárcel, el sacerdote se mostró tranquilo, recibiendo el apoyo de varias decenas de fieles que se encontraban apostados en las afueras del tribunal.
El sacerdote había sido considerado culpable previamente, en un fallo conocido el 25 de julio pasado y sólo estaba pendiente conocer la condena, informó radio Digital FM.
Las pruebas
En ese fallo, de 21 páginas, se establece que las pruebas aportadas por el Ministerio Público reúnen los elementos para dar por acreditada, "más allá de toda duda razonable", la comisión de los delitos, entre los años 2004 y 2005.
En opinión de los jueces, el delito de violación reiterada contra los menores M.A.A.G. (14) y C.E.V.V. (18) resultó demostrado a partir de las declaraciones de los doctores Héctor Labbé, Bernardo Barlaro y Leonel Grez, que descartaron que las lesiones que presentan ambas víctimas pudiesen haber sido ocasionadas por una causa distinta.
"Estos peritos constituyeron una prueba objetiva y científica, no desvirtuada, para acreditar que M.A.A.G. fue víctima de violaciones reiteradas, toda vez que los peritos de la defensa, Bernardo Morales y José Beletti, se limitaron a realizar análisis de tipo académico respecto de informes periciales, sin haber examinado al menor", señaló el fallo en uno de sus acápites.
Asimismo, la participación del religioso en calidad de autor quedó acreditada incluso con la declaración del mismo imputado, al reconocer que el 6 de julio de 2005 salió en su auto en compañía de M.A.A.G. en dirección a la casa ubicada en el pasaje Cerro Sombrero 1321, presuntamente para retirar unas cuentas, pero tardó una hora en regresar.
Los jueces consideraron también la declaración de las víctimas, destacando que M.A.A.G. emitió un sonido gutural y golpeó el monitor de televisión al ver en el aparato la imagen del sacerdote, en un gesto de "evidente desagrado o de rabia".
En cuanto a C.E.V.V, se concluye que "respecto de los movimientos pélvicos que este menor realizó y atribuyó a los que hacía el padre Jorge, constituyeron una muestra de una expresión corporal de clara connotación sexual, ya que es una evidente respuesta a una situación vivida, no vista ni aprendida".