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Nueva ley regulará trabajo de menores para asegurar que completen la educación media

El texto recién aprobado establece que los jóvenes de entre 15 y 18 años sólo pueden realizar trabajos compatibles con la escolaridad, lo que debe ser acreditado.

25 de Enero de 2007 | 17:35 | El Mercurio Online

VALPARAÍSO.- La Cámara de Diputados aprobó  por mayoría el Proyecto de Ley que modifica la regulación del trabajo de menores.

Esta iniciativa que modifica el Código del Trabajo para cumplir con la obligatoriedad del Estado de asegurar la educación media para todos los jóvenes, quedó lista para convertirse en Ley.


Al respecto, la diputada Ximena Vidal (PPD) señaló que en la sociedad moderna, muchos jóvenes tienen la necesidad de trabajar y esta iniciativa cuida su trabajo, limitando algunas posibilidades.

Además, la parlamentaria, miembro de las Comisiones de Educación y de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados, recalcó que "la esencia de esta ley es la búsqueda del equilibrio entre las obligaciones de los jóvenes de estudiar y de trabajar.

"El sentido es cuidar, por un lado, su acceso a establecimientos educacionales y, por otro,  la posibilidad de solventar sus gastos, colaborar con el  costo de sus estudios y, por consiguiente, ayudar a  su familia", señaló la parlamentaria.


En el texto recién aprobado se admite la posibilidad de que jóvenes entre 15 (edad mínima legal para celebrar un contrato de trabajo) y 18 años realicen trabajos compatibles con
la escolaridad, con normas que incentivan a completar su educación, como el establecimiento de un máximo de 30 horas de trabajo a la semana en periodo
escolar.


Asimismo, se establece la obligación de acreditar el cumplimiento escolar, tanto de la educación básica como de la media, y un conjunto de restricciones al trabajo de menores hasta los 18 años dispuestas por la Comisión Mixta (Educación y Trabajo) que estudió el Proyecto, entre las cuales destacan la obligatoriedad de la autorización de los padres, guardadores, inspector del Trabajo y juez de familia (según sea el caso); la obligación de registrar los  contratos en la Inspección del Trabajo; y la elaboración de un catálogo de actividades peligrosas para menores que impediría la celebración de contrato ya que según la ley, "sólo pueden realizar labores livianas que no perjudiquen su salud y desarrollo".