SANTIAGO.- El diputado Antonio Leal, junto a los abogados Alexandro Álvarez, experto en Derecho Internacional, e Hiran Villagra, abogado de DD.HH., señaló que el Estado chileno no puede pretender ser miembro del Consejo de Derechos Humanos de la ONU si la Corte Suprema no acoge la petición de extradición de Alberto Fujimori para que sea juzgado por los tribunales peruanos.
Leal dijo que la Convención Interamericana de Derechos Humanos y otros Tratados Jurídicos Internacionales obligan al Estado chileno a prestar colaboración para colocar a disposición de la justicia de sus países a los responsables de crímenes de lesa humanidad y Fujmori está acusado de este tipo de crímenes.
A su juicio, lo que corresponde es que la Corte Suprema se pronuncie sólo sobre si existen dichos delitos y si pesan presunciones de participación del ex dictador peruano, cosa que es evidente en todos los contundentes cuadernos enviados por el Procurador Peruano.
El parlamentario indicó que la Corte no puede pronunciarse "como intentó hacerlo el Ministro Álvarez al rechazar la extradición" sobre el contenido de las causas ya que ello implica entrar a juzgar a Fujimori y eso deben hacerlo los Tribunales peruanos.
Leal agregó que el argumento de la defensa de Fujimori, en orden a que los delitos investigados están preescritos, no tiene validez ya que justamente los crímenes de lesa humanidad no prescriben de acuerdo al derecho internacional que Chile ha suscrito y de acuerdo a la doctrina que al respecto ha tenido la propia Corte Suprema.