SANTIAGO.- La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la aerolínea LAN a pagar una multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a $667.640, en el juicio por infracción a la Ley del Consumidor, al no informar sobre el cambio de un vuelo a un matrimonio que viajó en el trayecto Madrid-Santiago.
En fallo unánime, los ministros Haroldo Brito (redactor), Carlos Gajardo y el abogado integrante Nelson Pozo acogieron el reclamo de Verónica Irureta y Ángel Beltrán, quienes en julio de 2005 compraron pasajes con la empresa LAN para realizar un vuelo Santiago-Madrid-Santiago. Sin embargo, cuando estaban en el aeropuerto de Barajas, en Madrid, se les informó que el vuelo de regreso se realizaría en la línea aérea Iberia y no en LAN, como había sido contratado.
Según informó la Corte de Apelaciones, el fallo detalla que se vulneró la Ley del Consumidor al incumplir con el deber de informar, al cambiar el prestador del servicio de viaje, lo que se causó menoscabo al entregarse un servicio distinto al contratado.
"Habiéndose probado que el consumidor no fue oportuna y completamente informado sobre las características del servicio (...) el servicio de transporte no fue cumplido en la forma indicada al venderse los boletos", dice el fallo.
Y agrega: "Habrá de sancionarse a la denunciada (LAN) por la infracción de haber actuado con negligencia y causado menoscabo al prestarse un servicio distinto de aquél que fuera motivo del contrato".
El Segundo Juzgado de Policía Local de Las Condes había rechazado la demanda el 16 de noviembre de 2006, ya que el consumidor no siguió todo el proceso, sin embargo, se continuó con la tramitación de la causa al considerarse que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) actuaba en resguardo de un interés público.