SANTIAGO.- Por decisión unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema condenó a 12 años de presidio, más multa, al ex empresario Claudio Spiniak por los delitos de abuso sexual contra cinco menores, promoción de la prostitución y producción de material pornográfico en calidad de autor.
El máximo tribunal anuló en la forma la sentencia de la Corte de Apelaciones que lo había condenado a siete años y medio de reclusión por el delito de abuso sexual de cuatro menores. La Corte Suprema agregó un quinto menor afectado y otros dos delitos.
La primera sentencia había sido dictada por el juez Manuel Valderrama, quien en agosto de 2006 lo condenó a cinco años y un día de presidio.
La resolución de este jueves fue dada a conocer por el ministro Nibaldo Segura, quien junto a los magistrados Jaime Rodríguez Espoz, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y Carlos Kunsemüller integran la sala penal del máximo tribunal.
Tal como en primera instancia, en la Corte Suprema no se acreditó la existencia de una red de pedofilia encabezada por Spiniak, por lo que tampoco se consideró ni sancionó el delito de asociación ilícita, como solicitaban los querellantes del caso, que estalló el 30 de septiembre de 2003, con las acusaciones lanzadas contra políticos, que finalmente resultaron ser falsas.
Después de este fallo, el ex empresario tendrá que esperar a cumplir la mitad de la pena para obtener algún beneficio penitenciario que le permita abandonar la Cárcel de Alta Seguridad (CAS), donde se encuentra recluido desde el 30 de septiembre de 2003.
Además de Spiniak, la Corte Suprema condenó a Miguel Quiroga por el delito de promoción de la prostitución, por el que ya había sido sentenciado en primera instancia, pero considerando también una víctima adicional. Por dicho ilícito se mantuvo la sanción de cinco años y un día de presidio, más multa, y a su vez se acreditó su participación en la producción de material pornográfico respecto a una víctima, ilícito por el que se le asignó una pena de 540 días de prisión.
También por promoción de la prostitución se condenó a siete años de presidio más multa a Ezequiel Martínez. Héctor Torres, en tanto, fue sentenciado a 10 años y un día de presidio más multa, tras acumularse una causa en la que ya estaba condenado a cinco años y un día como autor de abuso sexual, con la pena dictada en el caso Spiniak en primera instancia.
También se consideró una víctima adicional en el caso de José Alegría, quien mantuvo su condena de cinco años y un día, más multa, por el delito de promoción de la prostitución.
Finalmente, Pablo Abazolo y Julio López, fueron sentenciados a 540 días de presidio remitido, como autores del delito de producción de material pornográfico.