En primer plano aparece Enrique Vergara, fiscal económico.
Héctor FloresSANTIAGO.- Con el compromiso de que el Gobierno enviará un proyecto para penalizar con cárcel a quienes se coludan para fijar los precios de sus productos o servicios, la Cámara de Diputados aprobó, por 101 votos, las modificaciones del Senado al proyecto de ley que fortalece al TDLC y la FNE, para velar por la libre competencia en los mercados nacionales.
El texto, remitido al Gobierno para su promulgación como ley, adecua disposiciones de procedimiento que han sido evaluadas como obstáculos o imperfecciones que afectan la gestión o la eficiencia en la dictación de las resoluciones del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, y fortalece las atribuciones de la Fiscalía Nacional Económica como órgano investigador.
Los cambios introducidos por el Senado en el segundo trámite suprimen la dedicación exclusiva de los miembros del TDLC; restringen la posibilidad de aplicar una multa de hasta 30.000 unidades tributarias anuales sólo a la colusión de precios; aumentan en un año el período en que el Fiscal Nacional Económico durará en su cargo (4 años); y disponen que sea el Presidente de la República, con informe favorable de la Corte Suprema, el que resuelva la remoción del referido Fiscal, tratándose de casos de negligencia manifiesta en el ejercicio de sus funciones o por incapacidad.
El Senado también eliminó las siguientes facultades del fiscal económico: realizar estudios sobre la evolución competitiva de los mercados; efectuar indagaciones preliminares sobre eventuales infracciones en la ley u operaciones que pudieren restringir la competencia que no impliquen necesariamente el inicio de una investigación; formular, una vez iniciada una investigación, recomendaciones a particulares u organismos públicos para que se abstengan de ejecutar un hecho o celebrar un acto o contrato bajo apercibimiento de interponer un requerimiento en su contra, y adoptar, previa autorización del Tribunal, medidas preventivas tendientes a incrementar la transparencia en los mercados.
La futura ley señalará que el TDLC tomará conocimiento de la medida en una sola audiencia, sin forma de juicio, convocada especialmente al efecto, dentro del quinto día hábil de recibidos los antecedentes, durante la cual podrá escuchar alegatos de la Fiscalía y de la parte que lo solicite. El Tribunal deberá aprobar o rechazar la medida en un plazo máximo de quince días hábiles, contados desde la fecha de la audiencia. Estas resoluciones una vez ejecutoriadas serán vinculantes para los agentes económicos referidos en ellas y en su contra sólo procederá el recurso de reposición.
La ley también condicionará el beneficio de exención o reducción de la multa a que el potencial beneficiario no haya sido el organizador de la conducta ilícita que se sanciona.