SANTIAGO.- Con el propósito de inhibir los abusos hacia los adultos mayores, la Comisión de Constitución del Senado aprobó por unanimidad la idea de legislar sobre el proyecto que incorpora entre los casos de violencia intrafamiliar, el maltrato a las personas de la tercera edad.
Con ello, la iniciativa que fusiona cuatro mociones parlamentarias y un Mensaje del Ejecutivo, quedó en condiciones de ser votada por la Sala de la Cámara Alta.
En lo fundamental, la comisión consideró indispensable incorporar en los casos de violencia intrafamiliar el maltrato a los adultos mayores, dado el alto número de personas que son víctimas de ese flagelo y que no tienen una protección clara en la legislación.
Según los integrantes de esa instancia legislativa, senadores Alberto Espina, José Antonio Gómez, Pedro Muñoz, Andrés Chadwick y Hosaín Sabag- "en nuestro país hay un número muy significativo de adultos mayores que son víctimas de casos de maltrato y que no tienen a quién recurrir para impedir que este maltrato continúe".
En tal sentido, el proyecto apunta a que cuando un adulto mayor sea víctima de un abuso las persona que estén en conocimiento de ello estén obligados a denunciarlos, sea el que lo cuida u otra persona del grupo familiar.
Para ello modifica la Ley de Violencia Intrafamiliar señalando que el Estado deberá adoptar las políticas orientadas a prevenir la violencia intrafamiliar, en especial contra la mujer, los adultos mayores y los niños y prestar asistencia a las víctimas.
Entre las medidas cautelares que contempla el proyecto, se dispone que los jueces deberán tomar de inmediato todas las medidas cautelares para terminar con el abuso de los adultos mayores y darles la debida protección.
En tal sentido, establece una disposición que señala que "el tribunal cautelará especialmente los casos en que la víctima (de violencia intrafamiliar) esté embarazada, se trate de un adulto mayor o de una persona con discapacidad, o tenga una condición vulnerable.
Asimismo, el proyecto modifica la ley que creó los Tribunales de Familia, estableciendo entre las medidas cautelares de protección a la víctima, la obligación del juez a disponer de medidas de protección para los adultos mayores o personas afectadas por alguna incapacidad o discapacidad.
Agrega que tratándose de adultos mayores en situación de abandono, es decir, de un anciano que requiera cuidados y esté desamparado, el tribunal podrá decretar una medida internación.