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Rechazan juicio abreviado de ex detective implicado en caso "red de corrupción"

El CDE se opuso a la petición de la fiscalía en contra del ex detective Manuel Donoso Cáceres, aduciendo que la calificación jurídica de los hechos investigados sobrepasa el límite de 5 años.

24 de Junio de 2009 | 23:51 | El Mercurio Online

SANTIAGO.- El magistrado del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago Ponciano Sallés rechazó el procedimiento abreviado solicitado por el Ministerio Público en contra del ex miembro de la Policía de Investigaciones (PDI) Manuel Alejandro Donoso Cáceres, sindicado como integrante de la denominada "red de corrupción" que lideraba la coimputada en esta causa, Margarita Cuadros.

En una audiencia realizada ayer, miércoles, en el Centro de Justicia, se solicitó el procedimiento abreviado del imputado y en su acusación pidió penas en el límite de lo que autoriza la ley para realizar este tipo de juicios (5 años). Si bien su defensa se allanó a la solicitud de la fiscalía, el Consejo de Defensa del Estado (CDE), querellante en esta causa, se opuso aduciendo que la calificación jurídica de los hechos investigados sobrepasa dicho límite.

La Fiscalía imputaba a Donoso, en calidad de autor, el delito de asociación ilícita; dos delitos de cohecho; dos delitos informáticos, y falsificación de instrumento público. Ilícitos cometidos entre los años 2006 y 2008, y por los cuales, sumadas las penas solicitadas, no se superaba el límite de los 5 años de presidio para acceder a un procedimiento abreviado.

En la resolución, el juez Sallés consideró los argumentos de la parte querellante para rechazar la solicitud, al considerar que el imputado tenía la calidad de empleado público al cometer el delito de falsificación.

"La calidad de funcionario público no se encuentra delimitada por sus funciones, sino que claramente, a juicio de este sentenciador, por la investidura; es decir, desde el momento en que determinada persona es investida o nombrado en un cargo de una institución que depende del Estado", sostuvo en juez, quien agregó que desde ese instante se establecen "no solo parámetros morales o disvalores penales distintos respecto de los sujetos particulares, sino que, en definitiva, lo encuadran respecto de determinadas figuras delictivas en torno a la potencialidad o no de ejecutar determinadas conductas".

Según el magistrado, "la participación de Manuel Donoso es claramente la de un autor del artículo 15 número 3 del Código Penal", por lo que acogió la tesis del CDE en orden a que la calificación jurídica correspondiente a los hechos denunciados es la de falsificación de instrumento público cometido por un funcionario público y no por un particular, como sostenía el Ministerio Público.


De este modo, "y que superado el margen temporal de las penas autorizadas en un procedimiento abreviado, claramente esta discusión de la calificación jurídica no puede darse en otra sede que no sea la de un Tribunal Oral en lo Penal", argumentó el magistrado Sallés en su resolución, quien agregó que con este rechazo "quedan sin efecto las calificaciones jurídicas y las penas solicitas" en la acusación verbal del Ministerio Público, por lo que el caso sigue su tramitación normal.

En esta misma causa está agendada para este jueves, a las 9 horas, una audiencia donde se resolverá la solicitud de procedimiento abreviado de la coimputada Uberlinda Elizondo, ex funcionaria judicial.

Asimismo, durante el martes 23, el tribunal sí accedió, sin oposiciones de la parte querellante, a procedimientos abreviados de cinco coimputados: Marcelo Palavecino Flores; Óscar Ruiz Silva; Diego Inostroza Flores; Ricardo Morales Calquín, y Manuel Orellana Gutiérrez, cuya audiencia de lectura de condena quedó fijada para el viernes.

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