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Contraloría restringe participación de funcionarios públicos en campaña electoral

En un instructivo exige a las autoridades y empleados fiscales la "más estricta imparcialidad" en el proceso y prohíbe, entre otras cosas, el uso de bases de datos.

02 de Septiembre de 2009 | 01:58 | El Mercurio Online

SANTIAGO.- A sólo días de que renunciara el ex intendente de la Región de O' Higgins Héctor Huenchullán, cuestionado por supuesta intervención electoral en la zona, la Contraloría General de la República emitió anoche un instructivo en el cual establece nuevas restricciones para la participación de funcionarios públicos en las elecciones, tanto parlamentarias como legislativas.

El documento de doce carillas prohíbe el uso de las horas de almuerzo para hacer campaña, así como también no permite el "llamado a votar por candidatos determinados, ni por conglomerados constituidos para fines políticos", en horas en que se desempeñan en sus cargos.

"El tiempo destinado a la colación o almuerzo es parte de la jornada ordinaria de trabajo", remarca el texto del órgano fiscalizador, en el que también se exige la "más estricta imparcialidad" durante el período de elecciones.

En esa línea, la Contraloría impide el uso de las bases de datos para la campaña, por lo que enfatiza que el tratamiento de éstos "por parte de un organismo público sólo podrá efectuarse respecto de las materias de su competencia y dentro de las funciones propias de la respectiva entidad".

Actos de campaña

En el documento se explicita también la negativa a la realización de actividades políticas por parte de los alcaldes, concejales y funcionarios municipales, así como delinea normas para las invitaciones a los actos.

Así se establece que "los funcionarios no pueden discriminar en la convocatoria a ceremonias públicas que tengan por objketo concretar las funciones de los servicios que dirigen o a los cuales pertenecen, en desmedro o con favoritismo de candidatos legalmente inscritos".

Pese a las restricciones, la Contraloría precisa que sin importar el cargo desempeñado, el empleado, en su calidad de ciudadano, se encuentra habilitado para "emitir libremente sus opiniones en materias políticas y participar en actividades de esa naturaleza", siempre y cuando sea fuera de la jornada laboral.

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