SANTIAGO.- La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de amparo presentado por el abogado Matías Mundaca, en favor de Andrés Roldán Rivera, y en contra del intendente Regional de Valparaíso, Iván De la Maza, y del jefe de la V Región Policial porteña, Gilberto Loch, "a fin que se restablezca el imperio del derecho y se declaren ilegales, arbitrarias e inconstitucionales las disposiciones que restringen la libertad personal del amparado".
Esto luego de considerar impropia la determinación del Ministerio del Interior y del Gobierno Regional de exigir, por medio de la Policía de Investigaciones (PDI), el llenado de una tarjeta de ingreso a la Isla de Pascua, en la que deberá indicarse el motivo del viaje y tiempo de estadía.
Según el abogado Mundaca, la medida impuesta desde el 15 de septiembre "es arbitraria y carece de fundamento legal" conforme lo dispuesto en la Constitución, explicando que s cliente, Roldán Rivera no desea revelar datos personales en su próximo viaje a la Isla, por lo que teme "que su estadía no sea admitida u objeto de controles de identidad o retenciones ilegales".
Si bien la Subsecretaría del Interior indicó que la tarjeta tiene un objetivo "meramente registral" y "que su falta de llenado no trae aparejada sanción o limitación a la libre circulación por el territorio nacional", por ende es "un trámite informal y voluntario", el tribunal de alzada santiaguino consideró que el documento no especifica su opción a no responderla.
"En dicha tarjeta no aparece ninguna mención que señale que la información requerida sea de carácter voluntario, y si bien pudiera ser efectivo (...), lo cierto es que es entregada a todos quienes se dirigen a Isla de Pascua por instrucciones de la Policía de Investigaciones, sin que exista seguridad de que quienes la entregan efectivamente le formulen al receptor la advertencia de que su llenado es voluntario, pues ello no se consigna", puntualizó la instancia judicial.
Esto último, de acuerdo a la corte, podría causar que quienes la reciban interpreten que al tener que entregarla en dependencias de la PDI, "se trata de una exigencia obligatoria", por lo que la disposición gubernamental "configura una perturbación al ejercicio de libertad de locomoción, ambulatoria o de traslado".
Con la determinación de la Primera Sala, que recibió el recurso luego de que la Corte de Apelaciones de Valparaíso se declarara incompetente, el Ministerio del Interior tendrá cinco días para recurrir a la sala constitucional de la Corte Suprema para establecer si la implementación de la tarjeta de ingreso es legal o sea necesario crear un nuevo instrumento acorde a los requerimientos isleños.
El documento exige completar los datos relativos al nombre y apellidos del visitante; nacionalidad; país de nacimiento; fecha de nacimiento; estado civil; sexo; ocupación o profesión; dirección en la isla; tiempo de estadía; motivos de viaje; condición de ingreso, y si se posee seguro médico.