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Bachelet promulga ley que prohíbe uso del cheque en garantía en salud

La nueva normativa faculta a la Superintendencia para fiscalizar y sancionar con fuertes multas a las clínicas y hospitales que pidan este documento para atender a un paciente.

03 de Noviembre de 2009 | 11:04 | Emol
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La Mandataria y el ministro de Salud, Álvaro Erazo, firmaron la nueva normativa.

Presidencia

SANTIAGO.- Con el objetivo de evitar los "abusos" de clínicas y hospitales públicos, este martes la Presidenta Michelle Bachelet promulgó la ley que prohíbe condicionar la atención de salud al otorgamiento de un cheque en garantía o dinero en efectivo.


La normativa establece que el pago se deberá garantizar a través de otros medios idóneos, tales como el registro de la información de una tarjeta de crédito, cartas de respaldo entregadas por los empleadores, letra de cambio o pagarés, los cuales se regirán por las disposiciones contenidas en la ley. No obstante, el paciente también podrá voluntariamente dejar en pago un cheque o dinero en efectivo.


En los casos de emergencia debidamente certificadas por un médico cirujano, regirá la actual ley que prohíbe la exigencia de cheques.


La Superintendencia del ramo será la encargada de fiscalizar a todos los prestadores de salud -públicos y privados- y, por primera vez, podrá sancionar las infracciones mediante la aplicación de multas que van desde 10 hasta mil Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, desde 360 mil hasta 36 millones de pesos.


"Esperamos que esto represente un efecto disuasivo contra las conductas prohibidas", dijo la Mandataria, ante la presencia de parlamentarios oficialistas y de oposición, a quienes agradeció especialmente por la aprobación de esta ley.


Bachelet enfatizó además que se requiere una sanción oportuna, lo que fue reafirmado a su turno por el Superintendente de Salud, Manuel Inostroza, quien sostuvo también que los pacientes que se vean perjudicados pueden hacer sus reclamos en la página web de la Superintendencia y personalmente en las oficinas regionales y del Sernac a lo largo del país.


Inostroza agregó que si los prestadores institucionales exigen el cheque en garantía, además de la multa se arriesgan a ser eliminados del registro de Prestadores Acreditados por un plazo de hasta dos años.


Si se trata de prestadores individuales, además de pagar una suma de dinero pueden sufrir la suspensión durante 180 días para otorgar las Garantías Explícitas en Salud, sea por intermedio de Fonasa o de las isapres, así como para conceder prestaciones en la modalidad de libre elección de Fonasa.


En caso de reincidencia dentro de 12 meses, los prestadores se exponen a una multa desde dos hasta cuatro veces el monto de la sanción aplicada por dicha infracción.

 


"En caso de que alguna persona se viese afectada y presentase una situación que no fuese fiscalizada o pesquisada por la fiscalización, tenemos un sistema en línea en la página web de la Superintendencia de Salud las 24 horas del día, los 365 días del año, que nos permite hacer una fiscalización express y sancionar y aplicar la multa de manera muy rápida".


"Si es que alguien efectivamente llega a incumplir la normativa, no que se demore semanas o meses, sino que en pocos día se aplique la sanción para que efectivamente se dé este efecto disuasivo y no haya nadie que tenga la intención de querer abusar de un simple ciudadano que quiere atención en salud".


Si tb se quirree hacer personalmente están las oficinas regionales y en las oficinas del Sernac que están a lo largo del país.

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