El rector Pérez y el ex decano Nahum, están ahora enfrentados por una acusación por plagio.
Por Alex Valdés, El MercurioSANTIAGO.- La Corte Suprema confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago de acoger el recurso de protección presentado por el ex decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Roberto Nahum, contra el rector Víctor Pérez luego de que éste hiciera público un informe elaborado por una comisión asesora, que acusó a Nahum de plagio intelectual sobre el texto de un alumno.
La decisión fue adoptada en fallo dividido por la Tercera Sala del máximo tribunal, con los votos a favor de los ministros Adalis Oyarzún, Rosa María Maggi y los abogados integrantes Alberto Chaigneau y Jorge Medina; mientras que la ministra Sonia Araneda se pronunció en contra.
De esta forma, el tribunal dispuso una serie de medidas destinadas a reestablecer el respeto de la honra de Nahum, que se vio vulnerada por la difusión pública del informe, el cual le imputó un delito.
Estas medidas son que la Universidad de Chile debe eliminar de su sitio web el informe emitido por la Comisión Asesora Especial, además de incorporar a dicha página la sentencia de primer y segundo grado del recurso de protección y comunicarlas por correo electrónico a toda la comunidad universitaria.
La Corte Suprema sólo revocó la decisión del tribunal de alzada que obligó en primera instancia a Víctor Pérez al pago de las costas, eximiéndolo finalmente de ese cargo.
El fallo establece que "la actuación del recurrido importó una condena pública que afectó el derecho a la honra del recurrente -un destacado académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile de larga trayectoria-, acto carente de justificación que amerita otorgar la cautela solicitada".
Agrega que "indudablemente dicha comisión tenía el carácter de asesora del rector. En consecuencia, el informe por ella elaborado tenía también la calidad de reservado porque su finalidad era asesorar a quien lo había requerido".
"Es decir, era un informe que no estaba destinado a la comunidad universitaria y menos al público en general, lo que viene a demostrar la arbitrariedad con que actuó el recurrido al publicitarlo y, además, dar por ciertas las opiniones contenidas", afirma la resolución.