SANTIAGO.- La Cuarta Sala de la Corte Suprema condenó a dos empresas constructoras a cancelar una indemnización de perjuicios a los habitantes de un edificio en Antofagasta y a reparar las averías de otro en Santiago.
En el caso de la edificación nortina, los ministros Patricio Valdés, Gabriela Pérez, Rosa María Maggi y Rosa Egnem, determinaron que las empresas Despro Inmobiliaria Limitada y Constructora Norte Sur Limitada deben pagar, de manera conjunta, 1 millón de pesos a cada uno de los 48 propietarios del edificio Parque del Sol, ubicado en Avenida Argentina 02540.
El fallo se acordó como reparación por el daño moral provocado a los demandantes por las deficiencias en los espacios comunes de la estructura, lo que provocó la angustia de sus residentes.
En el segundo caso, se rechazó el recurso de casación en contra del fallo que había ordenado a la constructora Sociedad Ingeniería y Construcción Marcial González y Compañía Limitada, al arquitecto Marcial González Correra y al constructor Jorge González Correa, reparar las deficiencias en los ductos del shaft del edificio Comunidad Marcoleta 540, en la capital.
Los ministros Patricio Valdés, Gabriela Pérez, Rosa María Maggi, Rosa Egnem y Roberto Jacob desestimaron la impugnación legal en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, el que había confirmado la sentencia del Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago.
Este último estableció la responsabilidad de los tres condenados por las negligencias como primeros constructores en la disposición de los ductos, que provocaron que el edificio fuera calificado con sello rojo por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).