SANTIAGO.- La Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Rancagua acogieron recursos de protección presentados por internos en contra Gendarmería de Chile por la situación en distintos penales del país.
En fallo unánime los ministros de la tercera sala del máximo tribunal ratificaron el fallo de la Corte de Apelaciones de San Miguel que había acogido un recurso de protección de los internos de módulo 4 y que fue afectado por un incendio el 8 de diciembre de 2010
En este caso se ordena dar tratamiento sicológico a 81 internos de la torre 5, sector norte de la Cárcel de San Miguel que sobrevivieron al incendio que afectó al recinto en el sector sur.
En otra sentencia, la misma sala revocó una decisión del tribunal de alzada sanmiguelino y acogió un recurso de 19 internos trasladados desde el penal el 10 de diciembre de 2010.
La Corte Suprema determina que "es claro que éstos han visto afectada su integridad física, y hasta ahora no se ha acreditado por la recurrida que hubiere adoptado las medidas encaminadas a la protección e información a sus familiares, lo que constituye una omisión arbitraria".
Asimismo, el dictamen ordena que "en cuanto Gendarmería de Chile deberá dar la atención médica que corresponda a los internos individualizados en el informe de fojas 47, e informar sobre su estado de salud a sus familiares".
Recurso contra paramédico
En tanto en un fallo de la Corte de Apelaciones de Rancagua acogió un recurso de protección presentado por una interna en contra de una paramédico del penal de la ciudad.
La resolución ordena que la profesional Claudia Ramírez deberá abstenerse de atender a la reclusa Ana María Díaz Hernández y del resto de la población penal "debiendo Gendarmería de Chile cumplir esta decisión impidiéndole todo contacto con la actora y con otras reclusas, requiriendo su sustitución a quien corresponda y adoptando entre tanto las medidas necesarias para que a las internas no les falte la atención debida, que se procurará por los medios que sea menester".
Junto con ello, se le ordenó a la entidad penitenciaria a que adopete las medidas de resguardo necesarias para proteger la vida y la integridad física y psíquica de Díaz Hernández respecto de las amenazas y agresiones de que habría sido o pueda ser objeto en el futuro por parte de otras internas.