SANTIAGO.- La mayoría de los supermercados, grandes tiendas y comercio en general, cuenta con guardias de seguridad que rondan por las tiendas realizando una labor de vigilancia y prevención de robos.
En algunas ocasiones, los lectores de "Línea Directa" se han quejado de que estos funcionarios les dan un mal trato o sospechan de ellos injustamente, haciéndolos pasar un rato desagradable y vergonzoso en público.
Según informan en el Sernac, sólo en 2010 acogieron al menos 200 reclamos de consumidores que dicen haber recibido un trato indigno por parte de los sistemas de vigilancia de las empresas.
Y hay jurisprudencia que favorece a los afectados. Hace unas semanas la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones ratificó la sentencia del 3 {+e} {+r} Juzgado de Policía Local de Santiago que condenó a una multitienda al pago de una multa de 30 UTM (más de $1 millón) y a una indemnización de $800 mil, para una clienta que fue acusada injustamente de robo.
En el Sernac enfatizan que los consumidores tienen derecho a ser tratados con dignidad. Aunque las empresas pueden tener mecanismos de vigilancia para evitar robos, ése es el límite. En caso de error, las entidades deben hacerse cargo.
Como es la Ley del Consumidor la que establece las reglas y no las políticas de vigilancia de las empresas, el personal de seguridad no está facultado para registrar ni detener a nadie contra su voluntad. Ante un delito flagrante, debe ponerse al infractor de inmediato a disposición de la policía.
Así, las personas que sin justificación alguna son acusadas de hechos ilícitos deben exigir la presencia de Carabineros o Investigaciones, a fin de que se inicie el procedimiento que pueda determinar si existió delito.
Asimismo, aseveran en el Sernac, los guardias deben tener certeza antes de acusar a una persona de robo y contar con las pruebas, ya que una afirmación o acción injustificada se convierte inmediatamente en infracción a la Ley del Consumidor, la que puede ser sancionada.