SANTIAGO.- Un interesante pleito judicial enfrentará en la Corte Suprema a los principales estudios jurídicos de Santiago.
Esto luego que llegara hasta el máximo tribunal del país un exequátur, al cual tuvo acceso Emol, en el que la empresa francesa EDF Internacional quien exige a la justicia chilena embargar bienes por casi US$ 200 millones a las filiales de la eléctrica Endesa y también a la productora de hidrocarburos YPF.
La solicitud de la gigante francesa se basa en una sentencia arbitral internacional en contra de ambas firmas y que dieron la razón en el fondo. La europea busca que en Chile que se retengan los bienes de Endesa y de YPF, argumentando que ambas "mantienen importantes activos" en el territorio nacional, suficientes para hacer valer sus pretensiones.
Tanto la sede española de la eléctrica, como la sede argentina de la productora de hidrocarburos, pidieron al máximo tribunal del país que se rechace la petición de EDF.
Los argumentos expuestos para ello son dos: la falta de competencia de la Corte Suprema pues las partes no tienen domicilio en Chile y la imposibilidad de ejecutar laudos nulos en Chile.
La fiscal de la Corte Suprema, Mónica Maldonado, recomendó a la sala civil rechazar el exequátur pues a su juicio el laudo arbitral fue anulado por las autoridades argentinas.
El origen del pleito se remonta al 2001 cuando Endesa e YPF vendieron a EDF sus acciones de las empresas argentinas Edenor y Easa. En ese contrato se estableció que si había un desbalance entre el cambio oficial y el dólar estadonunidense las vendedoras deberían responder frente a ello y justo el negocio conincidió con el corralito y la crisis económica de la nación trasandina.
El caso más importante
Eduardo Picand, profesor de Derecho Internacional Privado de la Universidad de Chile, aseguró a Emol que sin duda este será uno de los casos más importantes de los últimos 10 años que la Corte Suprema deberá zanjar en esta materia. El especialista detalló "el exequátur es el visto bueno o pase dado por la Corte Suprema a la sentencia extranjera para que pueda ser reconocida y ejecutada en Chile".
"En este caso puntual, el máximo tribunal deberá resolver un caso muy complejo que marcará un precedente para el futuro del arbitraje comercial internacional en Chile", dijo el jurista.
Junto con ello, expresó que "la decisión será compleja, que duda cabe: si se concede el exequátur, se abrirá la puerta para ejecutar laudos nulos en Chile. Si se rechaza la petición, se estará negando la autonomía y obligatoriedad con la cual gozan las decisiones de los árbitros desde el momento en que se dictan".
Para Picand la decisión final pasará por la íntima concepción que tenga la Suprema sobre lo que es el arbitraje internacional. "Si entiende que es una forma de administración de justicia dependiente del Estado en donde está su sede, o si, por el contrario, los laudos arbitrales extranjeros deben considerarse como parte de una ‘justicia internacional a-nacional’. Cualquiera sea la decisión, lo cierto es que la Corte Suprema siempre ha resuelto estos casos con muy sano criterio", aseguró.