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Corte condena a tienda por no bloquear tarjeta de un cliente que lo solicitó

Por culpa de esto, comenzó a correr el cobro de seguros asociados al dinero plástico situación que derivó en que el afectado fuera a parar a Dicom por su supuesta condición de "moroso".

16 de Agosto de 2011 | 13:03 | Por Leslie Ayala C., Emol
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Manuel Herrera, El Mercurio. (Archivo)

CONCEPCIÓN.- La Corte de Apelaciones de Concepción, en fallo dividido, condenó a CMR Falabella por haber infringido la Ley del Consumidor, al no informar a las empresas aseguradoras asociadas a sus productos que uno de sus clientes había renunciado a las tarjetas bancarias que se ofrecen tras la apertura de una cuenta corriente o la solicitud de un crédito.


Esa fue la situación que vivió Alejandro Torres Luengo, quien tras contratar uno de los servicios de la entidad, a través de una captadora de la tarjeta CMR Falabella, tuvo una serie de contratiempos cuando se dio cuenta de que figuraba en el registro de Dicom por la mora en el pago de los seguros de una tarjeta bancaria que él mismo bloqueó.


El fallo, al cual tuvo acceso Emol, establece que la firma en cuestión debe pagar al cliente $1 millón por el daño moral que le ocasionó verse envuelto en una situación de la cual él no es responsable. Asimismo se aplicó una multa de 3 UTM (equivalentes a $110.586) por la vulneración de la mencionada ley.


"El incumplimiento de la denunciada le ha causado perjuicio moral al denunciante, no tan sólo por la aflicción que implica para cualquier persona la incorporación en un listado de deudores morosos, al cual por lo demás tienen acceso libre los bancos, casas comerciales y, en general, cualquiera si así lo quiera; sino porque, además, le ha significado tener que dedicar tiempo a solucionar el problema", dice el fallo.


Para los sentenciadores era Falabella, quien administra la tarjeta, quien debía informar a aquellas empresas aseguradoras que no efectuaran cobros con cargo al dinero plástico pues ese producto estaba bloqueado y así no registrar deudas de primas que no estaban siendo utilizadas.


La decisión se tomó con el voto en contra del ministro Diego Simpértigue quien estaba por condenar a la tienda al pago de $5 millones por el daño moral ocasionado.

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