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Suprema ratifica que Servicio de Salud debe pagar $100 millones por error médico

El Hospital de Iquique dio de alta a un paciente que debía operarse una hernia. Murió a los cinco días. Esta falta de atención deberá ser resarcida con una indemnización para su familia.

23 de Septiembre de 2011 | 12:42 | Emol
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La Segunda.

SANTIAGO.- La Corte Suprema ratificó que el Servicio de Salud de Iquique debe pagar una indemnización de $ 100 millones a la esposa e hija de un hombre que falleció en el año 2003 por mala atención en hospital.


En fallo unánime, el máximo tribunal rechazó los recursos de casación presentados contra el dictamen que ordenó pagar la suma antes señalada a los familiares de Leonel Ávila Collao.


Este hombre murió el 6 de enero de 2003 en su domicilio, luego de que fuera dado de alta del Hospital Ernesto Torres Galdames, pese a que padecía una patología de hernia estrangulada que le podría causar la muerte.


El fallo, replica lo realizado por la Corte de Apelaciones de Iquique y en primera instancia por el Tercer Juzgado de Letras de esa ciudad que determinó la responsabilidad del nosocomio por falta de servicio.


"Que de los hechos establecidos precedentemente se concluye que la muerte del paciente a causa de la hernia inguinal izquierda estrangulada, según consta del certificado de defunción, es consecuencia de la hernia atascada irreductible y sintomática que padecía y que lo mantuvo hospitalizado desde el primer día que ingreso a la Unidad de Urgencia a la espera de la cirugía", explica el fallo.


Luego, los jueces analizan que este "fallecimiento podría haber sido evitado por el Servicio de Salud, quien resulta responsable porque incumplió su obligación de procurar el restablecimiento de la salud del paciente, con diligencia y eficacia en cuanto a realizar las actuaciones idóneas para otorgar el debido cuidado y las atenciones médicas oportunas que le eran exigibles por el diagnostico".


Esto último, pues en el juicio se estableció que este paciente requería hospitalización y operación de urgencia, lo que no se cumplió, puesto que la cirugía del 31 de diciembre de 2002 fue diferida por falta de anestesista de turno en el Hospital y luego por la bronquitis que padecía el paciente para quince días después.


Pese a que Ávila debía ser internado fue dado de alta y al quinto día de esto, él falleció al presentar un cuadro clínico de hernia estrangulada.


El fallo determina que  Rina Cuellar Arabach, esposa de la víctima debe recibir una indemnización de $ 50 millones y Erica Ávila Cuellar, hija del fallecido, un pago de $ 50 millones.

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