Carmelo Soria fue asesinado en 1976.
El Mercurio. (Archivo)SANTIAGO.- El ministro en visita Alejandro Madrid dictó este miércoles sentencia de primera instancia en el proceso abierto por diversos delitos descubiertos durante la investigación por el homicidio del ciudadano y diplomático español Carmelo Soria Espinoza, y que se tramitó en la década de los noventa.
Fue así como el integrante de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó en esta arista al general (r) Eugenio Covarrubias Valenzuela a 3 años de presidio por su responsabilidad como autor el delito de asociación ilícita.
En tanto, el brigadier (r) Jaime Lepe Orellana a cumplir 3 años de presidio como autor del delito de asociación ilícita; 61 días por su responsabilidad en la falsificación de instrumento público; además de 60 días de presidio y multa de 20 UTM por su responsabilidad como autor del delito presentación de testigos falsos en juicio.
Asimismo, se condenó al coronel de Justicia (r) Sergio Cea Cienfuegos a 3 años de presidio por su responsabilidad como autor del delito de falsificación de instrumento público y al teniente coronel (r) René Quilhot Palma a 541 días de presidio por su responsabilidad como autor del delito de asociación ilícita.
Junto con ello, el suboficial (r) Leonardo Quilodrán Burgos fue condenado a 60 días de presidio por su responsabilidad como autor del delito de asociación ilícita y Leonardo García Pérez a 60 días de cárcel como cómplice del delito de falsificación de instrumento público.
Finalmente, el juez Madrid determinó absolver al coronel (r) Fernán González Fernández por falta de participación en los delitos indagados.
"Como durante el año 1993 se procedió a reactivar la causa criminal seguida en el Tercer Juzgado del Crimen de esta ciudad en la que se investigaba el homicidio del funcionario internacional señor Carmelo Soria Espinoza (...) en ella consta la declaración del sub oficial mayor de Ejército señor Remigio Ríos San Martín, quién confiesa su participación en el referido crimen y menciona como co-partícipes a oficiales del Ejército pertenecientes a la DINA", dice parte del fallo.