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Banco deberá pagar $10 millones a clienta por no borrar antecedentes de boletín

La Suprema determinó el daño moral que la entidad provocó a una mujer cuyos antecedentes fueron enviados a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) como morosa sin serlo.

07 de Diciembre de 2011 | 16:16 | Emol
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El Mercurio. (Archivo)

SANTIAGO.- La Corte Suprema ratificó el fallo que ordenó al Banco de Chile debe a pagar una indemnización de $10 millones por el daño moral provocado a clienta por no borrar oportunamente sus antecedentes del boletín de deudas castigadas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF).


En fallo dividido, la cuarta sala del máximo tribunal acogieron el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado la demanda interpuesta por Cecilia Salinas Cucullú en contra del Banco de Chile, como continuador legal del Banco A. Edwards.


El cónyuge de Salinas Cucullú, actualmente separados de hecho, adquirió en 1994 un préstamo hipotecario que no pagó, y que se saldó con el remate del inmueble en 2000. Sin embargo, los antecedentes de la mujer fueron enviados a la SBIF -entre los años 2000 y 2002- como deudora solidaria de su marido.


El fallo del máximo tribunal reafirma lo determinado por el Segundo Juzgado Civil de Santiago que determinó el daño moral provocado a la demandante por el actuar del banco.


"Se puede establecer que la actora era funcionaria de un banco, y que el hecho de que apareciera en la nómina de deudores morosos que la Superintendencia del ramo lleva, le ocasionó diversos problemas laborales y estrés, es decir, que existe una relación de causalidad directa entre el incumplimiento del banco demandado a un deber, y los problemas que ello acarreó a la actora", dice el dictamen de primera instancia.

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