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Minsal autoriza a doctores a contactar a parejas de enfermos con sida

Nuevo decreto señala que los médicos pueden informarles de manera reservada en caso de que la persona a la que se le detectó VIH, no los "haga concurrir" a un centro de salud.

13 de Enero de 2012 | 14:18 | Emol
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Héctor Aravena, El Mercurio

SANTIAGO.- El ministerio de Salud (Minsal) aprobó un nuevo decreto sobre el examen para la detección del VIH, que de seguro generará polémica entre las distintas organizaciones que promueven campañas para concientizar sobre la enfermedad.

Ante el avance de los medicamentos para tratar a pacientes, el Minsal determinó que "es de vital importancia pesquisar en forma temprana el contagio de este virus para que su tratamiento resulte adecuado y eficaz".

Por ello, el organismo decidió modificar el decreto Nº 182, de 2005, autorizando a que los doctores puedan contactar a las parejas sexuales de aquellos que son portadores del virus, en caso de éstos no les informen de la situación médica que podrían enfrentar.

"En las actuales condiciones, resulta indispensable ubicar a los contactos sexuales de las personas diagnosticadas con VIH positivas, en aquellos casos en que éstas no les informen voluntariamente de su condición, para que puedan adoptar medidas preventivas apropiadas y de tratamiento, en su caso", se lee en el decreto que fue publicado por la Contraloría el 19 de noviembre del año pasado.

"En los casos en que un paciente -se explica- no haga concurrir a atención de salud a las parejas sexuales que voluntariamente haya indicado poseer, el medico podrá contactar en forma reservada  a estas personas para ofrecerles  el examen de detección y las medidas de prevención y los tratamientos  que sean procedentes".

Para el coordinador ejecutivo de la ONG "Vivo Positivo", Manuel Jorquera, el cambio implementado viola la Ley de datos de confidencialidad y la Ley del Sida.

"Es una falta de respeto, porque no se recogió la mirada de las organizaciones para realizar un cambio que no le correspondía hacer al Ejecutivo, sino al Legislativo".

Jorge Díaz, subsecretario de Salud Pública del Minsal, explicó en "La Segunda" que el reglamento "no dice que los doctores van a tener que contactar, sino que 'podrán' hacerlo".

"La persona que se sometió al examen  no tiene ninguna obligación de dar la información (de sus contactos). Desde el punto de vista de la salud pública es una muy buena cosa contactar a los involucrados, pero eso pasa, necesariamente, por la voluntad del afectado. Si éste no quiere dar los nombres, no tiene obligación de darlos", señaló.

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