En el instante en que se dio a conocer el veredicto, los familiares y amigos de los imputados estallaron en gritos y aplausos.
UPISANTIAGO.- El Tercer Tribunal Oral de Santiago determinó en el veredicto del juicio por el denominado caso bombas absolver a todos los imputados por los delitos de colocación de artefactos explosivos y financiamiento del terrorismo por el cual los acusó la Fiscalía Sur.
La jueza Marcela Sandoval detalló que el tribunal consideró que pese a la larga investigación realizada por el Ministerio Público, en términos jurídicos, ésta no había tenido los resultados esperados, señalando que el ente perseguidor penal no logró acreditar la participación de los imputados en los bombazos y calificó la indagatoria como "parcial".
De esta forma, Francisco Solar, Gustavo Fuentes Aliaga, Felipe Guajardo y Mónica Caballero quedaron inmediatamente libres y absueltos de su presunta participación en los bombazos a la Agencia Nacional de Inteligencia, el Consejo de Defensa del Estados, Chilectra, la Escuela de Gendarmería y la Iglesia de los Sacramentinos.
En tanto, Omar Hermosilla y Carlos Riveros fueron absueltos de los delitos de financimiento del terrorismo que les atribuyó la fiscalía.
Al momento de darse a conocer el veredicto, los familiares y amigos que acompañaban a los imputados en la sala de audiencia estallaron en gritos y aplausos.
La jueza Sandoval llamó al orden y señaló que el próximo 2 de agosto a las 12 horas entregarán la sentencia completa en la que estarán los detalles del porqué se decidió liberar a los acusados.
Confesión ilegal
Sin lugar a dudas, el testimonio que resultó vital para llevar ante la justicia a todos los imputados fue el que entregó Fuentes Aliaga, alias "El Grillo" a Carabineros. En esta diligencia el acusado habría confesado su participación en los hechos investigados y delató a sus amigos, señalando los nombres de quienes -según dijo- habían participado en los bombazos.
Sin embargo, el tribunal decidió no tomar en cuenta esta declaración "extrajudicial", indicando que no cumplía con los estándares necesarios para el respeto de las garantías de los detenidos, sobre todo porque no daba cuenta de la lectura de derechos de Fuentes Aliaga ni que él estuviera al tanto de que podía guardar silencio.
Además los jueces consideraron lo alegado por la defensa de "El Grillo" respecto a que en dicho interrogatorio no estuvo presente un abogado que lo asistiera, y también los antecedentes de que el fiscal Francisco Jacir le había dictado qué decir.