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Caso bombas: Los cinco hitos del juicio oral que derrumbaron la acusación terrorista

Los jueces del Tercer Tribunal Oral fueron duros en sus críticas a la fiscalía. Acusaron parcialidad, ilegalidad de pruebas y que pese a lo extensa de la investigación, ésta resultó incompleta.

02 de Junio de 2012 | 09:37 | Por Leslie Ayala C., Emol
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EFE

SANTIAGO.- Las absoluciones en el juicio oral por el denominado caso bombas, en el que se buscaba encontrar a los responsables de una serie de "bombazos" en la capital, son el revés más duro que ha sufrido el Ministerio Público. Como señaló el presidente de la agrupación de fiscales Pedro Orthusteguy es una investigación que le ha valido el "desprestigio" al órgano encargado de la persecución criminal.


En 20 páginas del acta de deliberación, el Tercer Tribunal Oral relató los factores por los cuales decidió liberar de cargos a los seis acusados de delitos enmarcados en la Ley Antiterrorista: Francisco Solar, Gustavo Fuentes, Felipe Guerra, Mónica Caballero, Omar Hermosilla y Carlos Riveros.


Son cinco los hitos en el juicio que se resumen en este veredicto absolutorio -prólogo de la sentencia que se dará a conocer el próximo jueves 2 de agosto al mediodía- los que finalmente determinaron el derrumbe de esta investigación.


Firmas falsas de peritos


Las principales críticas de los magistrados apuntaron a los procedimientos llevados adelante por la fiscalía para sostener este caso. Incluso días antes del veredicto el tribunal le sugirió al Ministerio Público y a los querellantes recalificar los delitos a daños e incendio. Nadie cedió.


El que funcionarios de Carabineros admitieran que sus firmas no eran las que aparecían en las pericias fue una situación que la justicia calificó como grave. "Merece ser destacado que durante el transcurso de este extenso juicio oral el tribunal tomó conocimiento por medio de la declaración de nueve peritos que la suscripción de sus informes no fue realizada por sus autores (...) constituye una infracción grave", dijo la jueza Marcela Sandoval.


Declaración clave era ilegal


Muchos abogados defensores aseguraron que si Gustavo Fuentes Aliaga, alias "El Grillo", no hubiera supuestamente confesado ante Carabineros su participación en la colocación de artefactos explosivos, el caso Bombas nunca hubiera existido.


Por mucho tiempo este testimonio en el cual el joven se autoinculpaba y "delataba" a sus amigos fue una de las pruebas clave para la fiscalía. Sin embargo, los jueces advirtieron en el juicio que este testimonio careció de legalidad porque Fuentes no contó con abogado que lo asesorara y además un fiscal le habría dictado qué decir.


"¿Cómo es posible otorgar coherencia y persistencia a la acusación que formuló Gustavo Fuentes Aliaga en su declaración, si la gran mayoría de los antecedentes aportados por él no resultaron comprobados, o si resultándolos no llegaron a conocimiento de este tribunal?", dice la resolución.


Aristas no indagadas


Otra dura crítica del tribunal al Ministerio Público es que en el juicio quedó al descubierto que hubo muchas aristas que surgieron a propósito de esta causa y que no fueron investigadas por la fiscalía por su insistencia en que el grupo de 14 personas detenidas el 14 de agosto de 2010 eran los únicos responsables de los bombazos. 


"Surgieron aristas que no fueron objeto de análisis policial ni fiscal, determinándose entonces que ésta (la investigación) resultó incompleta y como tal conlleva un sesgo de parcialidad considerando que sólo fueron perseguidos por estos hechos personas, habitantes de las denominadas casas 'okupa' y a quienes se les atribuye la adhesión a la corriente insurrecionalista del anarquismo", cuestionaron los magistrados.


Concepto de "terrorismo"


Para los jueces el Ministerio Público, junto al querellante que es el Ministerio del Interior, erraron en el concepto de terrorismo.


Citando un fallo de la Corte Suprema, los magistrados explicaron que para que la colocación de una bomba sea considerada bajo el marco de esta ley especial los imputados deben tener una "voluntad terrorista" al momento de cometer el delito.


Para esto último, los acusados -a juicio del tribunal- deberían producir en la población, o en parte de ella, "el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie (...) el temor de un conglomerado que presienta vehementemente que a partir de ese momento la tranquilidad de su vida queda aniquilada". Situación que no ocurrió en el país.


Errores e incongruencias


Meses antes del juicio, el titular del Octavo Juzgado de Garantía Luis Avilés advirtió el escenario que se viviría en el juicio oral.


En la preparación de esta instancia el magistrado excluyó más de 4 mil pruebas, evidenciando desorden y errores en la causa que sería reconocido por los propios fiscales en el sumario que se abrió contra el juez por un intercambio verbal con los representantes del Ministerio Público a quienes emplazó por usar "argumentos de cuarta categoría".


Ayer los magistrados coincidieron con su antecesor. Describiendo que en casos como el bombazo en el frontis de la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI) y en el del Consejo de Defensa del Estado (CDE) hay incongruencias y falta de pruebas que impiden siquiera acreditar que los hechos ocurrieron.


En el primer caso la policía perició un sector que no correspondía al lugar en el que ocurrió el estallido y en el segundo los jueces detallaron que ningún examen presentado permitió concluir que las muestras levantadas correspondían a la pólvora negra u otro explosivo que configurara el delito base de la colocación de artefactos explosivos.


Se espera que en el fallo íntegro se establezcan todos los factores que en 6 meses hicieron a estos jueces adquirir la convicción de que las pruebas y la investigación realizada no eran suficientes para poder culpar a los imputados, que ya estuvieron más de nueve meses en prisión.


Pero como en todo caso policial, esta historia judicial recién comienza. Aún quedan una serie de recursos y otras instancias que deberán revisar esta sentencia y es muy posible que sea la Corte Suprema la que tenga la última palabra.

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