SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago determinó que una Isapre debe costear completamente el tratamiento domiciliario de una menor que nació prematuramente y a la que no se estaba otorgando la atención por modificación del plan de sus padres.
En fallo unánime, se acogió la acción cautelar presentada por Paula Peña Pacheco contra Colmena.
La resolución determina que la decisión arbitraria de la institución de salud al poner fin a la cobertura domiciliaria de la hija de la menor que requiere tratamiento en su casa.
"Del análisis del estado de salud de esa paciente, concluye que se observa que requiere del régimen de hospitalización domiciliaria , en atención a que permite, además del beneficio social de permanecer acompañada de sus padres y familia (...) por lo menos hasta el año de vida, momento en el cual se reevaluará la necesidad de continuar con la hospitalización domiciliaria", dice el fallo.
Pese a la situación crítica de la pequeña, la isapre se basó en la modificación del plan de la madre de la menor para rechazar la cobertura de dicho tratamiento -por cierto- de alto costo. Este accionar fue calificado por la Corte como arbitrario.
A ojos de la justicia se "ha vulnerado las garantías constitucionales del derecho a la vida, al poner en peligro ésta como consecuencia de falta de atención debida a la menor, así como la del derecho de propiedad que a ella le asiste sobre los beneficios pactados en el contrato de salud celebrado por su madre Paula Peña Pacheco con la Isapre Colmena Golden Cross".