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Ley Antitabaco: No se podrá fumar en estadios ni conciertos

Comisión de Salud despachó el proyecto que endurece las normas contra el cigarrillo. Tabacaleras no podrán financiar películas donde aparezca gente fumando.

14 de Agosto de 2012 | 16:33 | Emol

SANTIAGO.- La comisión de Salud finalmente despachó el proyecto, en segundo trámite constitucional, que endurece las normas contra el consumo de tabaco para ser votada en la Cámara Alta.

Las dos indicaciones que habían provocado el retraso para votar la modificación de la "Ley Nº 19.419, en materia de ambientes libres de humo de tabaco", fueron suavizadas.

Se levantó la prohibición de fumar en lugares abiertos, aunque se mantiene la restricción para hacerlo en estadios y conciertos.

Respecto de la polémica indicación que prohibía la publicidad indirecta en producciones de televisión y cine (llamada "placement"), ahora sólo se la permitirá en programas en vivo y fuera del horario de protección al menor.

En cuanto a la producción de películas, las industrias tabacaleras no podrán financiar aquellas producciones en las que aparezca gente fumando. También se prohíben los aditivos, salvo los que tengan azúcar.

El ministro de Salud, Jaime Mañalich, puntualizó que se agregó al proyecto para permitir su aprobación "que aquellas producciones en vivo, donde se muestre o se promueva el consumo de tabaco, queda prohibida su exposición durante el horario que se ha reglamentado en Chile apto para jóvenes, para menores de edad".

En tanto, como un gran día para la salud, calificó el senador Guido Girardi (PPD) la aprobación de la Comisión de Salud, destacando que la fiscalización para hacer cumplir la ley quedará a cargo de la Seremi de Salud y no de los Juzgados de Policía Local.

"Pero sin lugar a dudas, el avance más importante de esta ley es la prohibición total de fumar en espacios públicos cerrados, dado que la mitad de los no fumadores tienen presencia elevada de nicotina en la orina y aumento de síntomas respiratorios, como consecuencia de ser fumadores pasivos por estar expuesto al humo del cigarro que producen los fumadores", señaló el senador.

Por su parte, el diputado Ramón Farías (PPD) dijo que era una excelente noticia que se respetara a los derechos de creación al modificar la indicación que prohibía que actores fumaran en películas y en series de TV.

"El tiempo jugó a favor de la libertad de expresión, y sirvió para que los senadores recapacitaran sobre la importancia que tiene la libertad de creación que hoy tenemos en Chile", señaló.

"Siempre sostuvimos que se trataba de una norma con un alto carácter censurador y que no apuntaba al real problema del consumo de tabaco en el país, por el contrario, se atacaba de manera directa la libertad de creación y nos hacía retroceder varias décadas", agregó el parlamentario.

Las principales normas aprobadas

Producciones cinematográficas:  las producciones en vivo, donde exista consumo de tabaco, no podrán ser exhibidas durante el horario que se ha reglamentado para menores de edad,  antes de las 22:00 hrs.

Aditivos: l os senadores ratificaron la indicación que prohíbe los aditivos en el tabaco, exceptuando al azúcar o sus derivados, ya que se consideran elementos necesarios para la producción. T odos los elementos como saborizantes, que buscan aumentar la adicción, dependencia y tolerancia del cuerpo al tabaco no podrán incorporarse.

Espacios cerrados: d entro de sus principales articulados, la normativa indica que no se podrá fumar en ningún espacio público cerrado, entendiendo espacio cerrado, como todo lugar cubierto por un techo y cerrado entre una o más paredes o muros,  independientes del material y que sea de carácter permanente o temporal.

Recintos deportivos: En recintos deportivos donde asiste público adulto y menores de edad, no se podrá fumar.

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