Luciano Pitronello fue absuelto de delito terrorista.
El Mercurio (Archivo)SANTIAGO.- La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público respecto al fallo del Cuarto Tribunal Oral otorgado a Luciano Pitronello.
En la instancia, once ministros y varios abogados integrantes, manifestaron afectarles la causal de inhabilidad debido a que mantienen ciertos vínculos con el Banco Santander Santiago, que es parte de los querellantes de la causa.
El recurso fue presentado el pasado 25 de Agosto por la Fiscalía Metropolitana Sur con el objetivo de dejar sin efecto la resolución que absolvió de delito terrorista al joven anarquista y condenó a seis años de libertad vigilada.
La acción judicial cuestiona la calificación jurídica del delito que realizó el tribunal ya que, según esgrime la Fiscalía, sí se trató de un acto terrorista.
Ahora corresponderá la realización de los alegatos de la defensa, el Ministerio Público y los querellantes, tras lo cual el tribunal de alzada tiene un plazo de 20 días para dictar la sentencia.
Pitronello fue declarado culpable de la instalación de una bomba a las afueras de una sucursal del Banco Santander el 1 de junio de 2011.
El tribunal, presidido por el juez Mauricio Olave, condenó a Pitronello a 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de posesión de artefacto explosivo y 41 días de presidio en su grado máximo por el delito de daños.
Asimismo, fue condenado a 541 días de presidio menor en su grado medio por la utilización de placa patente falsa, al conducir con la motocicleta de su hermano con documentación falsa.
Sin embargo, el tribunal le otorgó el beneficio alternativo de la libertad vigilada argumentando la irreprochable conducta anterior del joven.
Esta condena se cumplirá luego que sea ejecutoriado el fallo. En ese intertanto, Pitronello continúa con la medida cautelar de arresto domiciliario.