SANTIAGO.- La Contraloría General de la República entregó este jueves el dictamen acerca de la denuncia realizada por los diputados de la DC, Gabriel Ascencio, Gabriel Silber y Jorge Burgos por la participación del ministro de Obras Públicas, Laurence Golborne, y sus pares del Trabajo, Evelyn Matthei, y de Medio Ambiente, María Ignacia Benítez, en la celebración del Día de la Madre en Recoleta, donde efectuaron un apoyo explícito a la repostulación de la alcaldesa Sol Letelier (UDI) en esa comuna.
Luego de conocer los descargos realizados por los secretarios de Estado, el órgano fiscalizador señaló que a diferencia de la titular del Trabajo, la participación de Golborne y Benítez en dicha actividad no se justificaba, dado que la actividad no guarda relación con las actividades propias de sus ministerios.
En ese sentido, el oficio N° 61.301 del ente establece que "esta Contraloría General entiende que la Ministra del Trabajo y Previsión Social pudo concurrir sin reproche a la actividad a que se refiere este acápite, conforme al mérito de los antecedentes que ha acompañado en su oficio de respuesta".
"Respecto a la concurrencia de las otras autoridades ministeriales, no se observa al mérito de los oficios de respuesta acompañados y antecedentes recopilados, el vinculo que tal actividad conlleva con las funciones de los ministros involucrados", agrega el texto, que ya fue entregado a los parlamentarios demandantes y a los respectivos ministros involucrados.
A juicio de la Contraloría, "cada órgano tiene prescrito un campo de actuación previsto en la ley, incluidos los Ministros de Estado, quienes como colaboradores directos e nmediatos del Presidente de la República en el gobierno y administración del Estado, pueden y deben responsable y politicamente, conducir sus respectivos ministerios en el ámbito de sus correspondientes competencias, sin perjuicio del ejercicio de sus derechos políticos y sus libertades fundamentales fuera del ámbito del ejercicio de sus funciones".
"A los efectos de no traspasar esta línea, cuya transgresión puede implicar que sean afectados otros principios que se han considerado especialmente por el ordenamiento, como el de probidad y apoliticidad en el ejercicio de la función pública, las conductas que las autoridades ejecuten, o las actividades que ellos realicen, no pueden justificarse en pareceres vinculados a opiniones relativas al funcionamiento del sistema político nacional, o del bienestar común o de la posición general y abstracta propias de una opinión política, sino que han de relacionarse directamente con las competencias de las cuales dichas autoridades han sido dotadas por la Constitución y las leyes", indica.