SANTIAGO.- La Corte Suprema rechazó un recurso de casación y ratificó que Corpbanca debe pagar una indemnización de $25.000.000 (veinticinco millones de pesos) por enviar los antecedentes de una deuda de tarjeta de crédito al boletín Dicom.
En fallo dividido (causa rol 810-2011), los ministros de la Cuarta Sala del máximo tribunal Gabriela Pérez, Rosa Egnem, Alfredo Pfeiffer (suplente), Dinorah Cameratti (suplente) y el abogado integrante Arturo Prado, determinaron que la entidad bancaria debe pagar la indemnización a la clienta Dimas García Lozano.
La sentencia determina que no hubo infracción de ley en el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción que determinó que el banco es responsable por su actuar negligente al enviar los antecedentes del demandante al boletín Dicom por una supuesta deuda de tarjeta Visa, la que fue pagada al cerrar una cuenta corriente.
En enero de 2007, García Lozano pidió el cierre de su cuenta corriente de Corpbanca, lo que incluía el pago automático de la tarjeta Visa asociada a la misma cuenta corriente. En febrero del mismo año, Corpbanca comunicó un saldo irresoluto de $8.562 en la tarjeta, el que fue objetado por el cliente y fue enviado como deuda al boletín Dicom, en marzo de 2008.
La sentencia determina la responsabilidad del banco por la conducta negligente al enviar la deuda inexistente al boletín comercial.