Familiares de las víctimas han seguido consttantemente el juicio, del cual esperaban penas mayores.
El Mercurio (Archivo)SANTIAGO.- La Corte Suprema rechazó este jueves los recursos de nulidad presentados por el Ministerio Público y los abogados querellantes en el juicio contra los cinco ex ejecutivos del laboratorio B.Braun Medical en el Caso ADN, por suplemento alimenticio cuya mala composición provocó la muerte de seis niños y daños irreparables en otros 59 a finales de 2007.
En fallo unánime, los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas, desestimaron los recursos presentados en contra de la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo, dictada del 24 de agosto pasado, ratificando las condenas de ese momento.
De este modo, el ex gerente general de B. Braun Medical, Roberto Oetiker, el jefe de planta, Egon Hoffman, y el jefe de control de calidad, Ezzio Olivieri, deberán cumplir la pena de 4 años de presidio, en calidad de autores del delito culposo contra la salud pública (fabricación, venta y distribución de productos adulterados), de acuerdo al artículo 315 del Código Penal.
Además, Hoffman y Olivieri deberán cumplir 300 días de presidio, en calidad de autores del delito culposo contemplado en el artículo 315 en relación al artículo 317 del Código Penal.
Sin embargo, en su momento, el Tribunal de San Bernardo les otorgó la libertad vigilada a los tres ejecutivos al considerar que no contaban con antecedentes penales. Esto se mantiene con la ratificación de la Corte Suprema.
En tanto, Roberto Jorge Oetiker y el ex gerente de exportaciones, Juan Cristóbal Costa, deberán cumplir la pena de 818 días por los delitos de contrabando y uso indebido de marca comercial. Sin embargo, el Tribunal de San Bernardo estimó que ya habían cumplido la condena mientras estuvieron en prisión preventiva.
Cabe recordar que el quinto implicado, el product manager del laboratorio, Reinaldo Torres, fue absuelto de todos los cargos.
El recurso de nulidad presentado por la Fiscalía Occidente estaba fundamentada en tres causales: Primero, postulaba que se vulneraron garantías por cuanto tanto en el Tribunal de Garantía como en el Tribunal Oral se negó a la fiscalía la posibilidad de contar con copia de las pericias y documentos acompañados por la defensa, que resultaban de gran relevancia en un caso basado en prueba científica. Lo anterior –se sostiene en el escrito- vulneró el principio del trato igualitario respecto a las víctimas.
En segundo lugar, planteaba que se omitieron los requisitos que debe contener la sentencia, puesto que no se realizó una adecuada ponderación de la prueba, se infringieron principios de la lógica y se ignoraron conocimientos científicamente afianzados.
En tercer lugar, el documento invoca la errónea aplicación del derecho.
De todos modos, estos argumentos fueron desestimados por el mázimo tribunal, que consideró que no hubo infracción de ley en la sentencia de TOP de San Bernardo, ni tampoco violación a derechos garantizados en la Constitución Política.
Antecedentes
El caso ADN figura como el juicio más largo en la historia desde que se implementó la Reforma Procesal Penal, y buscaba las responsabilidades de los ejecutivos de la empresa en lamala rotulación del suplemento alimenticio "ADN Nutricomp", que acabó con la vida de seis personas.
Lo que buscaban la Fiscalía y la parte querellante era que los imputados fueran condenados por cuasi delito de homicidio, al considerar que la mala composición del suplemento alimenticio (que carecía de la dosis adecuada de potasio) sí tiene que ver con las seis muertes. Sin embargo, esto fue desestimado.
En la ocasión, el tribunal explicó que si bien los decesos fueron por hipokalemia (baja de potasio), la enfermedad de ellos se relacionaba con la baja producción de potasio, por lo que aseguró que no fue la mala dosis aplicada del medicamento la causa determinante de los decesos. Esto explica lo bajo de las penas.