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Suprema condena a mall a pagar indemnización por fatal accidente laboral

La cónyuge será resarcida por el deceso de su marido, Eugenio González Cruz, ocurrido 10 años atrás.

06 de Febrero de 2013 | 19:09 | Emol
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Mario Muñoz, El Mercurio

SANTIAGO.- La Corte Suprema confirmó que que el Mall del Centro deberá pagar una indemnización de $41.4491.085 a la cónyuge de un trabajador que murió en noviembre de 2002 por una descarga eléctrica de una máquina de una máquina expendedora de peluches.


En fallo unánime, los ministros Patricio Valdés, Gabriel Pérez, Rosa Egnem, Lamberto Cisternas y el abogado integrante Jorge Baraona determinaron que el centro comercial es responsable por la muerte de Eugenio González Cruz, ocurrida el 4 de noviembre de 2002.


La sentencia del máximo tribunal del país acoge un recurso de casación planteado para rebajar el monto de la indemnización que debe pagarse a Elizabeth Muedas Sarmiento, viuda del fallecido, ya que la demandante había transado un pago de $10.000.000 con la empresa Comterra S.A., codemandadada en la causa.


"Si bien es cierto se acreditó que la actora recibió de Comterra S.A. la suma de diez millones de pesos, con la finalidad de reparar el daño irrogado por el ilícito fundamento de la demanda, no existen antecedentes que permitan afirmar que con la mencionada suma de dinero se hubiese cubierto de manera completa y eficaz el daño sufrido por la muerte de su marido", reza el documento.


Lo anterior se desprende del hecho que la demandante, a pesar de percibir la suma antes referida, "continuó la acción en contra de Jorge Fleischmann Cerda y de Mall Puente S.A., dando cuenta que dicho pago le resultaba insuficiente; y de la circunstancia que judicialmente se fijó el monto de los daños sufridos por la actora en una suma muy superior", añade el máximo tribunal.


En ese sentido, los magistrados concluyeron que el monto "no cubrió totalmente el daño sufrido por esta última", por lo que "se rechazará la excepción de cúmulo de indemnizaciones deducida por la demandada Mall Puente S.A.".


Tanto la Corte de Apelaciones de Santiago, como el 18° Juzgado de Civil de Santiago habían establecido la responsabilidad de la empresa propietaria del centro comercial.

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